Declaran inadmisible recurso de amparo interpuesto por Yáñez previo a formalización

"No puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión por vía no destinada al efecto de lo actuado por un tribunal", se señala en el fallo del tribunal de alzada. Más temprano, la defensa de la autoridad policial ingresó en la Corte de Apelaciones de Santiago una orden de no innovar en la que solicita suspender su formalización.


La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de amparo que interpuso el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, durante la jornada de ayer.

La acción judicial de la máxima autoridad de Carabineros buscaba frenar la formalización que deberá enfrentar el 7 de mayo por su presunta responsabilidad en el delito de omisión de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio, durante su gestión como encargado de Orden y Seguridad en el estallido social de 2019.

La resolución del tribunal de alzada se argumenta en cuatro puntos: “Según se colige de lo establecido en los artículos 21 de la Carta Fundamental y 7.6 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la acción constitucional de amparo tiene como finalidad esencial controlar la “legalidad” de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que la misma se ajuste a la Constitución y a las leyes”, se señala en una primera parte.

Luego, continúa: “Los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado, se advierte de manera manifiesta que los mismos se encuentran ya bajo la tutela jurisdiccional del 7° Juzgado de Garantía de Santiago”.

No puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión por vía no destinada al efecto de lo actuado por un tribunal. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige, sin perjuicio de la cautela de garantías ya ejercida en los mismos antecedentes”, se argumenta en otro punto.

Por otra parte, hoy la defensa de la autoridad policial ingresó en la Corte de Apelaciones de Santiago una orden de no innovar en la que solicita suspender su formalización. El documento acusa una “grave vulneración de sus derechos”.

Hoy, en medio de una actividad de seguridad en conjunto con el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, Yáñez fue consultado por su eventual renuncia a su puesto. “Mi cargo finaliza constitucionalmente en el mes de noviembre. Es un cargo que es de absoluta confianza del Presidente de la República y obviamente las circunstancias y los momentos dirán la oportunidad de cuándo se tengan que tomar las decisiones cuando así sea”, dijo.

Ayer, la ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo, confirmó que el general director dejaría el cargo de cara a la formalización.

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