Defensa de juez Elgueta acude al TC para detener expulsión

Imagen EMILIO ELGUETA6257

El suspendido ministro del tribunal de alzada de Rancagua cuestionó el uso de un auto acordado de la Corte Suprema para justificar el inicio del proceso de remoción en su contra.


Acudir al Tribunal Constitucional se ha convertido en un recurso para las defensas que se ven enfrentadas a decisiones judiciales adversas. El último caso en discusión corresponde al ex comandante en jefe del Ejército, general (R) Humberto Oviedo, quien logró paralizar la causa en su contra por una presunta malversación de caudales públicos y así complicó la investigación de la ministra Romy Rutherford.

Esta vez, quien pretende involucrar al TC es el suspendido ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua, Emilio Elgueta, quien presentó a través de su abogado, Igor Barrera, un recurso de inconstitucionalidad en contra de la Corte Suprema para así invalidar su eventual expulsión del Poder Judicial.

El magistrado se encuentra suspendido de funciones por cuatro meses con goce de mitad de sueldo, y será sometido, junto al ministro Marcelo Vásquez, a un proceso de apertura de cuaderno de remoción por eventuales hechos de corrupción ocurridos en la Región de O'Higgins. El tercer magistrado que se encontraba en la misma situación, Marcelo Albornoz, se suicidó el pasado miércoles.

Según el recurso, la inconstitucionalidad a las que apela Elgueta surge luego de que el máximo tribunal argumentara la apertura del cuaderno de expulsión en la aplicación del auto acordado "sobre procedimiento para investigar responsabilidad disciplinaria de los integrantes del Poder Judicial", dictado en 2018. Esto, en desmedro de la atribución que la Constitución otorga a los jueces para iniciar este mismo procedimiento de expulsión.

De acuerdo al documento, "dicha acta ha sido dictada por la Corte Suprema en atención al uso de sus atribuciones conexas (...). Sin embargo, dicha facultad se encuentra restringida (...) por la separación de los poderes como principio fundamental del poder político, quedándole, por tanto, excluida y vedada de la facultad de crear normas de carácter coercitivas y menos sancionatorias, como las que contiene inconstitucionalmente dicha acta". Y agrega que "es un instrumento sin existencia legal legítima".

Al respecto, la defensa considera que el máximo tribunal "ha obrado fuera de sus competencias y atribuciones (...). Es en consecuencia el Poder Legislativo quien tiene la facultad de dictar leyes que rijan dichos procedimientos con las sanciones previamente establecidas, y es en atención a estas leyes que la Corte Suprema debe su acción".

Además, el recurso apunta al trabajo realizado por la ministra Rosa María Maggi: "No es de extrañar que se hubiere servido de insumos ilegales aportados por el órgano persecutor penal".

La presentación de Elgueta vuelve a poner en entredicho la figura de los autos acordados del máximo tribunal. La Asociación de Magistrados, en marzo pasado, había indicado que no correspondía a la Corte Suprema manifestarse sobre aspectos que son materia de ley.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.