Desde el 1 de enero se habilitará solicitud para cambio de domicilio electoral de cara al plebiscito de salida

Los votantes podrán realizar la modificación desde el próximo sábado mediante la página web del Servel y con su Clave Única. Sin embargo, para quienes deseen hacerlo de manera presencial deberán esperar hasta el 3 de enero. Durante este mismo periodo, las chilenas y chilenos nacidos en el extranjero podrán solicitar incorporarse al registro electoral.


La segunda vuelta presidencial fue el último proceso eleccionario que se realizó durante este año. Sin embargo, para el 2022 ya está previsto otro: el Plebiscito Constitucional de Salida.

En dichos comicios, las personas deberán votar para aprobar o rechazar la nueva Constitución que se está trabajando actualmente desde la Convención. Y a diferencia de otras elecciones, esta será obligatoria.

Es así que, de cara a este próximo sufragio, el Servicio Electoral (Servel) anunció que desde el 1 de enero las personas podrán modificar sus domicilios electorales. Entre el próximo sábado y domingo, los electores tendrán la posibilidad de solicitar el cambio ingresando al sitio web del organismo electoral y utilizando la Clave Única.

Por otro lado, quienes deseen realizar el trámite de manera presencial podrán concurrir al Registro Civil, ChileAtiende, Consulados, Direcciones Regionales del Servel, PDI y/o pasos fronterizos desde el lunes 3 de enero.

Una vez ingresada la solicitud, la aceptación se reflejará después de 20 a 25 días hábiles en la Consulta de Datos Electorales.

Solicitud de incorporación al registro electoral para chilenos en el extranjero

El periodo habilitado para la solicitud de cambio de domicilio electoral también rige para las chilenas y chilenos nacidos en el extranjero que deseen incorporarse al registro electoral.

No obstante, para realizar la incorporación se debe cumplir con cuatro requisitos: tener más de 17 años; ser ciudadano chileno; tener cédula de identidad o pasaporte vigente; y cumplir con el requisito de avecindamiento -la Constitución establece que el elector deberá haber estado avecindado en Chile por más de un año, lo que será certificado por Policía Internacional-.

Si la persona cumple con aquellas exigencias podrá realizar el trámite en cualquier consulado de Chile en el mundo o en las direcciones regionales del Servel en el país. En ambos casos se deberá rellenar un formulario de incorporación.

Una vez realizado el trámite, el resultado será informado mediante un correo electrónico o una carta certificada.

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