Bancos critican propuesta del gobierno para regular el consentimiento explícito

La Asociación de Banco e Instituciones Financieras (Abif) sostuvo que la normativa puesta en consulta pública por el gobierno no resuelve el problema de fondo.<br>




La Asociación de Banco e Instituciones Financieras (Abif) criticó el nuevo reglamento sobre medios y condiciones a través de los cuales se manifiesta la aceptación del consumidor para la celebración, modificación o término de contratos de adhesión de productos y servicios financieros, que fue puesto en consulta pública este martes por el gobierno, y aseveró que la propuesta no resuelve el problema de fondo.

"El borrador de reglamento no resuelve el problema de incertidumbre jurídica generado por la Circular N° 3.549, de 30 de abril de 2013, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que derogó las instrucciones que señalaban los criterios que debían observar los bancos, respecto de diversas materias, dentro de las cuales se encontraban las concernientes al procedimiento para la proposición y aceptación de modificaciones a los contratos celebrados entre dichas entidades y sus clientes, particularmente en lo referente a cambios de comisiones (tarifas)", dijo la Abif  mediante una declaración pública.

El gremio indicó que, si bien, la propuesta del gobierno procura resolver parcialmente el problema de incertidumbre jurídica, estableciendo que la aceptación del consumidor podrá manifestarse expresamente por medios remotos, la propuesta de normativa no se hace cargo de la solución de fondo que consiste en regular la aceptación tácita, mediante el reconocimiento de actos positivos que representen el consentimiento inequívoco del consumidor a la modificación propuesta por el proveedor.

"La aceptación tácita no puede ni debe ser confundida con el silencio, ya que éste supone inacción, mientras que la primera exige una conducta o actuación que permita inferir la manifestación de voluntad en orden a aceptar", añade la declaración.

Asimismo indica que el borrador de reglamento tampoco reconoce la facultad del proveedor de poner término a los contratos de duración indefinida, en caso de que el consumidor rechace expresamente la propuesta de modificación o no manifieste su voluntad dentro de un plazo determinado, sujeto a que se cumplan los requisitos de información oportuna.

"La imposibilidad de modificar estos contratos o de ponerles término en los casos antes indicados, los transforma en contratos perpetuos. Esta consecuencia se aparta de las características de la industria financiera donde las relaciones contractuales tienden a ser de larga duración y, además, atenta contra la libre competencia, afectando a los mismos consumidores, toda vez que el efecto práctico será que los contratos que ofrezcan los bancos serán a plazo fijo, afectando con ello la oferta disponible de productos financieros, además de las dificultades prácticas a que se verán expuestos los consumidores, como por ejemplo, al disponer de líneas de crédito a plazo fijo o al riesgo de que se presenten a cobro cheques girados contra una cuenta corriente cerrada por vencimiento del plazo de vigencia del contrato de cuenta corriente", indicó al Abif.

Finalmente la declaración señala que "el borrador de reglamento tampoco se pronuncia respecto del stock de contratos de servicios financieros vigentes a la fecha de la Circular antes mencionada, generando con ello una asimetría regulatoria entre dichos contratos y el flujo de contratos celebrados con posteridad a la Circular de la Sbif".

A mediados de marzo el gobierno decidió derogar el reglamento de consentimiento expreso en los contratos financieros que había sido elaborado en la administración de Sebastián Piñera y anunció que en su reemplazo se procedería a diseñar una nueva normativa.

La normativa sobre manifestación expresa de la aceptación del consumidor en contratos de adhesión de productos y servicios financieros propuesta por el gobierno anterior se encontraba objetada en el Tribunal Constitucional (TC), el que habría estado a la espera de la definición de la administración de Bachelet para resolver sobre la constitucionalidad del reglamento.

Desde mayo de 2013, los bancos alegan que no pueden aumentar las comisiones en los productos financieros de sus clientes, debido a la incertidumbre regulatoria en que quedó la industria tras la derogación por parte de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif) de la norma de consentimiento tácito.

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