Conoce el reglamento de primarias de la UDI para las elecciones parlamentarias

El documento -al que tuvo acceso<b> La Tercera</b>- abre el camino a la postulación de candidatos independientes, quienes deberán presentar 120 firmas de militantes para postular al Senado y 60 para la Cámara. También deberán contar con el respaldo escrito de la directiva de la UDI.




La mesa directiva de la UDI notificó ayer a los interesados en postular a las elecciones parlamentarias de 2013. El mensaje les solicitaba inscribir sus candidaturas a diputados a fines de febrero, y en el caso de quienes aspiren a las senatoriales hacerlo antes del 15 de marzo.

Dichas fechas estaban estipuladas en el reglamento de primarias elaborado por el partido, el que -en todo caso- debe ser ratificado el próximo 12 de enero en el consejo general que sostendrá la tienda en Valparaíso.

El reglamento -al que tuvo acceso La Tercera- fija requisitos para la postulación de candidatos independientes, como es el caso de los miembros del nuevo referente "Evolución Política", liderado por el ex ministro de Midelplan y jefe para la erradicación de los campamentos, Felipe Kast.

En el texto se indica que "la manifestación de interés deberá ser fundada y deberá indicar la circunscripción senatorial o distrito electoral en el que el interesado desea participar".

Junto con ello, se establece que se deberá contar con al menos 100 firmas ante notario de militantes del partido para el caso de los candidatos a senadores y 50 para quienes aspiren a la Cámara Baja. En el caso de los independientes, los requisitos se elevan: Deberán contar con 120 firmas, en el primer caso, y con 60 para postular a un cargo de diputado. Junto con ello, deberán contar con el patrocinio escrito de la directiva del partido.

¿DONDE SE REALIZARAN PRIMARIAS?

Otro de los aspectos que contempla el reglamento de primarias de la UDI es los lugares donde éstas se realizarán.

Según el texto, la Comisión electoral propondrá a la directiva del partido los lugares o territorios electorales donde se recomienda la realización de primarias así como la nominación de los candidatos para este proceso.

Para esto, se considerará "las manifestaciones de interés presentadas, la opinión de las directivas comunales, distritales y regionales, la información proporcionada por militantes y representantes de la zona, los resultados de encuestas y estudios y cualquier otra acción que a juicio de la Comisión permita efectuar su proposición en forma adecuada".

Luego, será el consejo general de la colectividad el que tomará la decisión final.

CANDIDATOS DERROTADOS PODRIAN REPOSTULAR EN OTRA ZONA

El documento, además, abre la posibilidad a que si un candidato pierde la elección primaria pueda eventualmente postular a otro distrito o circunscripción. La decisión dependerá del Comité Electoral del Partido.

"En el caso que un candidato pierdiese una elección primaria, perderá la posibilidad de ser candidato, salvo que el Comité Electoral adopte el acuerdo de permitir su candidatura en un territorio electoral distinto a aquel por el cual compitió en la elección primaria", dice el texto.

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