Contraloría fija lineamientos de conducta de funcionarios públicos en antesala de las elecciones

<p class="bullet">El organismo publicó en su sitio web todos los documentos que determinan las conductas que la ley permite, en el marco del periodo de campañas. </p><p class="bullet">El ministro Andrés Chadwick citó esta normativa para defender participación de miembros del gobierno en actividad de Matthei convocada para mañana.</p>




La Contraloría General de la República expuso en su sitio web los lineamientos de conducta y actividades legales en las que pueden incurrir los funcionarios públicos, en la antesala de las elecciones del 17 de noviembre.

En los documentos, el organismo detalla las instrucciones en cuanto a las potestades y comportamiento de los trabajadores, a fin de delimitar aquellos actos que se enmarcan en la normativa vigente, versus las conductas que podrían ser calificadas de intervencionismo.

Entre los criterios que determina el instructivo se encuentra:

1. La prescindencia política de los funcionarios públicos

Basada en el principio de jurisprudencia, probidad administrativa y apoliticidad, en el recto ejercicio del cargo.

2. Regulaciones de las facultades del personal

En este ítem se deja de manifiesto que los trabajadores deben cumplir cabalmente con su jornada laboral establecida, así como también se especifica la norma de conducta en torno a viáticos, pasajes y horas extraordinarias.

Otros aspectos que considera el texto apuntan al: criterios de descuento de remuneraciones, órdenes impartidas por las jefaturas y el control jerárquico. 

Además, se da cuenta de las sanciones y medidas disciplinarias a las que se exponen quienes incurran en incumplimiento de estas normas, el documento precisa que "según lo dispuesto en los artículos 156 y  157 de la ley No 10.336, desde treinta días antes y hasta sesenta días después del  acto eleccionario las medidas disciplinarias expulsivas a que están sujetos los  funcionarios públicos, cualquiera sea el régimen estatutario aplicable a los  mismos, solo podrán decretarse previo sumario instruido por la Contraloría General y en virtud de las causales que los respectivos estatutos establezcan".

Revisa la totalidad de los documentos aquí.

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