Corte condena a Municipalidad de Puente Alto a pagar $1 millón a dueños de casas Copeva

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la Municipalidad de Puente Alto a indemnizar por daño moral a cada uno de los 28 propietarios del conjunto habitacional ?Cerrito Arriba?, cuyas casas fueron construidas por la empresa Copeva.




En fallo dividido la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el municipio de Puente Alto debe pagar un millón de pesos a cada uno de los 28 propietarios del conjunto habitacional "Cerrito Arriba", cuyas casas fueron construidas por la empresa Copeva, presentando graves daños estructurales.

La resolución ratifica parcialmente las indemnizaciones resueltas en el fallo del 29 de agosto de 2008 de la entonces jueza del Quinto Juzgado Civil de Santiago María Rosa Kittsteiner, quien determinó la falta de servicio del municipio.

"En cuanto al daño demandado a la Municipalidad, esta no ha celebrado contrato alguno con los actores, emanando su responsabilidad de su condición de ente obligado prestar un servicio dentro del marco de sus obligaciones, responsabilidad que se produjo porque sus órganos administrativos –Dirección de Obras- no actuaron adecuadamente no siendo necesario perseguir ni individualizar al funcionario cuya acción u omisión personal originó el daño", dice el fallo.

Con ello, la Corte de Apelaciones asegura que la Municipalidad de Puente Alto, incurrió en falta de servicio, ya que, "si la Dirección de Obras hubiera tenido un desempeño medianamente acucioso habría detectado las falencias de las construcciones que eran por ella revisadas, principalmente en cuanto a sus condiciones de impermeabilización, aislamiento térmico y existencia de canaletas o bajadas de aguas lluvias, elementos que aparecen indispensables en toda construcción, aún a los ojos de un lego en la materia".

El voto en contra fue de la fiscal judicial María Loreto Gutiérrez, quien estuvo por confirmar en su totalidad la sentencia de primera instancia, la que consideraba el pago de una indemnización de 3 millones de pesos para cada uno de los demandantes por concepto de daño material.

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