Corte Constitucional de Colombia exhortó al Congreso a legislar sobre el matrimonio homosexual

El organismo le dio un plazo de dos años a los legisladores para regular las uniones entre parejas gay o, de lo contrario, éstas podrán acudir a un notario para ser reconocidas.




La Corte Constitucional de Colombia se abstuvo el martes de decidir sobre el matrimonio de parejas homosexuales al dejar vigente la norma que sólo acepta el de un hombre y una mujer, pero señaló que las uniones gay tienen derecho a conformar una familia.

El alto tribunal exhortó al Congreso a legislar sobre el reconocimiento del matrimonio entre parejas del mismo sexo, a más tardar en dos años.


La posición de la corte, adoptada por unanimidad por los nueve magistrados, fue interpretada como otro paso clave en el reconocimiento de los derechos de las parejas gay.

"Si el 20 de junio del 2013 el Congreso no ha legislado, las parejas homosexuales pueden ir ante un notario y con la misma solemnidad del matrimonio heterosexual establecer un vínculo, con consecuencias similares al de una pareja heterosexual", dijo el presidente de la Corte Constitucional, Juan Carlos Henao.

En consecuencia, las parejas gay tendrían en el 2013 la posibilidad de unirse en una figura similar a la del matrimonio civil, con los derechos y deberes que ese acto implica.

La ley colombiana define el matrimonio como "un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse".

Los demandantes pedían a la corte suprimir de la norma la expresión "hombre y mujer", lo que en la práctica permitiría el matrimonio entre parejas del mismo sexo.

Desde el 2007, la Corte Constitucional comenzó a reconocer derechos a las parejas del mismo sexo en Colombia, luego de demandas contra normas vigentes.

La corte determinó que las parejas de un mismo sexo pueden reclamar herencia y sustitución pensional en caso del fallecimiento de uno de los miembros si demuestran convivencia en los mismos términos de las uniones heterosexuales.

Las parejas homosexuales también tienen derecho a que uno de los dos afilie al otro al sistema de salud y a otros beneficios de seguridad social después de formalizar su situación ante notaría, en un acto que no representa un matrimonio sino un acuerdo de voluntades.

Previamente, la Corte Constitucional se abstuvo de fallar de fondo una demanda de una pareja gay que pretendía adoptar un hijo.

A mediados de abril pasado, el tribunal falló a favor de que las parejas del mismo sexo puedan heredar los bienes de su compañero en caso de muerte, siempre y cuando se demuestre que hayan convivido al menos dos años.

En julio del 2010, Argentina aprobó el matrimonio entre personas del mismo sexo y en agosto la Corte Suprema de Justicia de México los avaló en la capital de ese país.

Más recientemente, Nueva York se convirtió en el sexto y más populoso estado de Estados Unidos en permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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