SCJ apelará a la resolución la jusitica que suspendió procedimiento contra casino ilegal en Las Condes

A juicio del organismo, en la investigación quedó claro que se explotaba ilegalmente un casino.




La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) apelará a la resolución del 4° Juzgado de Garantía de Santiago que accedió a la suspensión condicional del procedimiento solicitada por el Ministerio Público, en el marco de la querella criminal que el organismo regulador y fiscalizador presentó en julio de este año en contra de quienes resulten responsables, en calidad de autores, cómplices o encubridores del "Club Deportivo Poker House San Carlos de Apoquindo" por los eventuales delitos contemplados y sancionados en los artículos 277 y 278 del Código Penal.

Lo anterior, debido a que el organismo considera que la facultad que tiene la Fiscalía de solicitar la suspensión condicional del procedimiento -según lo establecido en el artículo 237 del Código Procesal Penal- debe ser ejercida cuando a lo menos se hayan agotado las diligencias tendientes al esclarecimiento del hecho y las personas que participaron en el ilícito, lo que no habría ocurrido en este caso.

Por ejemplo, se formalizó sólo a tres personas, siendo que en la carpeta investigativa consta la participación de más personas en el delito, además de haber diligencias solicitadas y reiteradas por la SCJ que aún no se han efectuado.

A juicio del organismo, en la investigación quedó claro que se explotaba ilegalmente un casino, tanto así que incluso los implicados en el delito habían puesto en escena una estructura –que contaba hasta con personalidad jurídica propia– para ocultar la comisión del ilícito penal, dándole la apariencia de legalidad a sus actividades delictuales.

Para la SCJ las condiciones solicitadas por el Ministerio Público para suspender el procedimiento, es decir la fijación de domicilio de los imputados y la entrega de las especies incautadas para su destrucción o bien para ser destinadas a otros fines, resultan totalmente insuficientes con relación al delito cometido, con lo que en definitiva el hecho queda en la más absoluta impunidad.

Por lo demás, al obrar de esta manera se da una señal a quienes desarrollan este tipo de delitos, que la mayor complicación que podrían tener es la pérdida de la inversión -mesas de póker, juegos de cartas, dispositivos de detección de billetes falsos, sillas, entre otros-, no existiendo riesgo alguno de sufrir las consecuencias –multas de hasta 20 UTM y privación de libertad de hasta 5 años– que el legislador previó para estos ilícitos.

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