Suprema rechaza recurso que pedía reingresar plano regulador de Valparaíso a evaluación ambiental




La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió revocar la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que había acogido dos recursos de protección en contra de la Comisión Regional del Medioambiente de Valparaíso y que ordenaba el reingreso Plano Regulador Intercomunal (aprobado en 2006) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, dijo el Poder Judicial en un comunicado.

En decisión dividida, la sala integrada por los ministros Adalis Oyarzun, Héctor Carreño, Pedro Pierry, la ministra Sonia Araneda y el ministro Haroldo Brito resolvió que los recursos presentados (Roles 3134-2009 y 3136-2009) deben ser rechazados por falta de fundamentos.

"Que el presente recurso se dirige entonces a cuestionar la facultad que detentaría el organismo recurrido de decidir la pertinencia del reingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de las modificaciones que se han incorporado a un proyecto ya aprobado mediante la respectiva Resolución de Calificación Ambiental", sostiena el fallo

"Que resulta fácil advertir una primera omisión en la construcción del recurso, cual es que no identifica las modificaciones al Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso introducidas con posterioridad a su aprobación ambiental que conllevaban necesariamente –en concepto del reclamante- un nuevo estudio de la autoridad ambiental. Como resultado de esa falta, tampoco explica la manera en que estos cambios de que fue objeto el Plan Regulador vulnerarán la garantía constitucional invocada, presupuesto ineludible para que prospere esta acción cautelar, pues sólo así se permite que la Corte pueda adoptar las medidas de resguardo requeridas para el restablecimiento del derecho amagado" establece la sentencia de la causa rol 3136-2009.

CAMPICHE
El ministro de Energía, Marcelo Tokman, fue cauto en interpretar si este fallo favorece o no a la central a carbón Campiche, que estaba construyendo en la comuna de Puchuncaví, cuyo permiso ambiental fue declarado ilegal por la Corte Suprema, debido a que el proyecto no correspondía al uso de suelo.

"Entiendo que lo que hace (el fallo) es ratificar algo que estaba claramente establecido, que es que la autoridad que decide cuando una modificación al plano regulador requiere reingresar al sistema de evluación de impacto ambiental es justamente la Corema. Y lo que hace este fallo es ratificar eso. Por lo tanto, no hay nada especial y lo que va a permitir eso es seguir tramitando la modificación del plano regulador de la Quinta Región", dijo.

El ministro añadió que este cambio en el plano regulador llevaba dos años de tramitación, "con lo cual está vinculación como que es una decisión que se ha tomado para resolver el tema de Campiche me parece que es un problema de temporalidad. Si es una modificación del plano regulador que se hizo hace dos años, difícilmente puede ser que el causante de esa modificación haya sido el problema con Campiche".

La Corte Suprema en fallo unánime e inédito para el sector, y acogiendo la solicitud de las comunidades de Puchuncaví, anuló hace más de dos meses la aprobación ambiental de la central termoeléctrica Campiche de AES Gener, la segunda mayor empresa de generación de Chile. El proyecto a carbón aportaría 270 MW de potencia, con una inversión de US$ 500 millones. Esta central representa casi el 10% de la capacidad de generación en construcción y equivale al 3% de la capacidad instalada del sistema eléctrico. La empresa deberá paralizar las obras.

El máximo tribunal había afirmado que la Corema incurrió en un acto ilegal al autorizar la construcción de la central, ya que concedió el permiso sin que el organismo respectivo realizara el cambio de uso de suelo.

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