SVS en el TC por cascadas: "No sabemos cuántos Ponce más hay en el mercado"

PONCE LEROU

El abogado del CDE, Raúl Letelier, en representación del regulador, defendió sanción de casi US$ 70 millones que aplicó en 2014. Defensa de Ponce, representado por el abogado Pedro Águila, hizo hincapié en que la norma es arbitraria. El fallo del TC a favor de Roberto Guzmán por el mismo caso fue ampliamente citado por la defensa de Ponce.




"No sabemos cuántos Julio Ponce más hay en el mercado". Con esas palabras el abogado del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Raúl Letelier, defendió ayer ante el Tribunal Constitucional el objetivo disuasivo que perseguía la multa de 1.700.000 UF (unos US$ 70 millones), la más grande de la historia, que cursó la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) a Ponce en el caso cascadas en 2014, quien reclamó por considerar que los criterios para aplicar la sanción fueron arbitrarios.

La audiencia de alegatos, que se extendió por dos horas, enfrentó al abogado de Ponce, Pedro Águila, con la SVS, representada por el jurista del CDE. La causa surge luego de que el controlador indirecto de SQM reclamara en octubre del año pasado ilegalidad, arbitrariedad y exceso en el límite de discrecionalidad en la norma utilizada para multarlo, el artículo 29 de la Ley Orgánica de la SVS, que fija como parámetro una sanción de hasta por el 30% de lo obtenido en las operaciones fraudulentas. "La resolución de multa no explica ningún parámetro para diferenciar las multas entre Ponce y Contesse Fica, por ejemplo. Mientras a uno se le cobró 1,7 millón de UF, para el otro fueron 60 mil UF".

Dicho argumento fue rebatido por Letelier. "Esto no es una operacion menor. Se hicieron operaciones bursátiles por $ 2 billones y Ponce ganó 7 millones de UF (US$ 270 millones) (...) Ponce Lerou hizo un secuestro casi total de las acciones de las cascadas. En los años sancionados, movió el 80% de las acciones", agregó el abogado. "Queda clarísimo que se le aplica la multa más alta porque es el creador y principal beneficiario de la estructura fraudulenta", puntualizó.

El precedente

Pero la causa de ayer tenía una particularidad: hay un precedente. Iniciada la audiencia, el abogado de Ponce tardó tres minutos en comenzar a hablar del fallo del mismo TC que en septiembre del año pasado dio la razón a Roberto Guzmán, quien reclamaba por la ilegalidad de la norma que lo multó con 550 mil UF (US$ 23 millones) por su participación en el mismo caso cascadas. En esa oportunidad, el pleno del Tribunal determinó que el regulador tiene un tope de sanción de 15 mil UF (US$ 570 mil), bajo el argumento que "la disposición legal impugnada (artículo 29 de la ley orgánica de la SVS) impone de esta manera una potestad discrecional arbitraria que no se compadece con las exigencias mínimas de un estado de Derecho".

Y justamente en la arbitrariedad puso sus cartas Águila para defender los derechos constitucionales de Ponce. "El artículo 29 no tiene ningún criterio de cuándo y por qué se aplica un determinado monto o por qué deciden aplicar un porcentaje. Es completamente arbitrario y discrecional a la decisión del sancionador", dijo el jurista. "Incluso, nosotros presentamos como prueba un oficio de la SVS, donde son ellos mismos los que reconocen que no tienen criterios para aplicar la multa", agregó. Y, por último, pidió "igualdad ante la ley, porque no existe diferencia alguna entre la multa aplicada a Roberto Guzmán y a Julio Ponce".

Sobre esto, el abogado del CDE habló de las "razones filosóficas" de una sanción. "La sanción debe neutralizar las ganancias. El objetivo del monto de la multa es frenar a todos los otros Ponce que pueden estar en el mercado en este momento y no sabemos cuántos Ponce más puede haber en el mercado".

De acuerdo a Letelier, el expendiente de multa que se le aplicó a todos los sancionados por el caso cascadas explica detalladamente el rol que jugó cada uno de los integrantes del "esquema". En el caso de Ponce, la SVS determinó que había ganado con las operaciones unos 7 millones de UF. "La multa significa el 24% de lo que ganó", ejemplificó Letelier. Mientras que si se le aplicara el tope máximo de 75 mil UF que estipula la ley si es que hubiera reincidencia, la multa sería por el 1,07%. "Así, sale más rentable infringir la ley que cumplirla", agregó el abogado del CDE.

Comisión de Mercado

Otro de los elementos que ayer fue mencionado en los alegatos fueron las modificaciones que se hicieron a la creación de la Comisión de Mercado Financiero (CMF), a raíz del fallo del TC por el caso de Guzmán.

"El ministro de Hacienda dijo en el Chile Day en octubre en Nueva York que era necesario hacer ajustes a la forma de multar que tendrá la Comisión del Mercado Financiero, para objetivizar los montos", dijo Águila.

A los pocos días de fallado el caso contra Guzmán, el Ejecutivo ingresó indicaciones al proyecto de ley para incorporar ocho criterios objetivos para multar.

"Eso demuestra que el gobierno estaba conciente de que había una falla de origen en los criterios que tenía la SVS para multar, que es por lo que estamos aquí", agregó el defensor de Ponce.

"Está claro que el señor Ponce debía ser multado por todas las infracciones, y ese era el cuerpo legal que existía", aseguró Letelier, en defensa de la SVS.

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