Valentina Verbal acusa "discriminación" del Servel: "Si no postulo con mi nombre de género tendré que bajar candidatura"

La precandidata por Recoleta e Independencia -quien es transexual- presentó una reclamación ante el TRICEL ante la negativa del Servel de poder competir con su nombre de género y acusa vulneración a la ley antidiscriminación.




Una reclamación ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) presentó la precandidata a diputada para las primarias RN de Recoleta e Independencia, Valentina Verbal. 

El escrito acusa una "discriminación arbitraria" por parte del Servel.  Según explicó Verbal, el pasado 1 de mayo, inscribió su candidatura, solicitando aparecer en la papeleta electoral con su nombre de género, que es el de Valentina. Si bien la candidatura fue aceptada por el Servel, la solicitud concreta de aparecer en la papeleta con su nombre de género habría sido rechazada.

En este contexto, Verbal aseveró que "si el Servel me obliga a ir con un nombre que no corresponde a mi identidad de género, a la identidad social que vengo expresando desde hace más de cinco años, y partir de la cual me he hecho conocida, me veré forzada a bajar mi candidatura de las primarias". 

"No estoy dispuesta a someterme a una clara y casi total desigualdad de oportunidades en la competencia electoral, además de que para mí la lucha por mi nombre tiene, en sí, un carácter ético y político. En esto no voy a transar", expresó.

LA RECLAMACIÓN

En el escrito de reclamación (Ver archivo), Verbal plantea entre los elementos de hecho que en diciembre pasado se sometió a una cirugía de cambio de sexo, y que se encuentra en pleno proceso judicial de cambio de nombre y sexo registral, el que estaría próximo de fallarse.

Entre los argumentos de derecho, se señala que "no existe norma electoral alguna que establezca que el nombre de la papeleta deba corresponder, necesariamente, al nombre registral". Junto con ello, Verbal argumenta que el Servel habría  incumplido la ley antidiscriminación que contiene la categoría identidad de género, que es la que se aplica a las personas trans.

"Para las personas trans el empleo de un nombre social acorde a su identidad de género corresponde a un elemento esencial de su reconocimiento como sujetos con iguales derechos y obligaciones ante la ley", plantea el escrito.

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