Ventas de vehículos livianos y medianos bajaron 7,7% en septiembre

En lo que va de año, 253.685 unidades han sido vendidas, lo que representa una disminución de 7,6% en contraste a los mismos nueve meses del año pasado.




En septiembre se vendieron 29.753 unidades de vehículos livianos y medianos, cifra que implicó una baja de 7,7% comparado con igual mes del año pasado, informó este jueves la Asociación Nacional Automotriz de Chile (Anac).

En lo que va de año, 253.685 unidades han sido vendidas, lo que representa una disminución de 7,6% en contraste a los mismos nueve meses del año pasado.

Si se compara este tercer trimestre con el del año pasado, se puede observar una disminución del 4% en las ventas de este segmento. En este período en el 2013, se vendieron 91.940 unidades, mientras que en este año 2014 la cifra alcanzó las 88.160 unidades.

En el mercado de camiones, en septiembre de 2014, la cifra de ventas alcanzó las 1.220 unidades, con una baja de 27,6% respecto al mismo mes de 2013. Con estas, ya son 9.092 unidades las que se han vendido en el año, registrando una disminución del 19% si se comparara con el período enero-septiembre del año pasado.

En el trimestre julio-septiembre, este segmento registró 2.973 unidades vendidas, lo que significa que hubo una disminución del 21% con respecto al mismo período del año anterior.

REFORMA TRIBUTARIA

La Anac estimó que los cambios impositivos que establece la reforma tributaria afectarán al 81% de las ventas del mercado automotriz, que incluye autos de pasajeros, SUV, minibuses de nueve o menos pasajeros y camionetas que no pertenezcan a un activo de una empresa.

Se estima que a partir de enero de 2015, aquellas personas que adquieran vehículos nuevos livianos y medianos, bien sea diésel o a gasolina, deban pagar un impuesto, cuyo valor dependerá del precio del auto, del rendimiento del mismo y de la cantidad de emisiones de óxido de nitrógeno (NOx) que produzca, según el artículo 3 de la ley 20.780, señaló la Anac.

La entrada en vigencia de este mecanismo es de treinta días después de la publicación del reglamento y el Ministerio del Transporte (MTT) durante los primeros doce meses de vigencia deberá asignar valores de rendimiento urbano específico y de emisiones de NOx, que consignará ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). Con estos datos, más el valor de la factura del vehículo, incluyendo el IVA, el SII podrá calcular cuánto deberá pagar el contribuyente antes de la inscripción del vehículo.

Este impuesto no se le aplicará a minibuses de más de nueve pasajeros; taxis (deberán cancelar el impuesto pero se le devolverá lo pagado, debidamente acreditado, luego del registro del vehículo para prestación de servicios de taxi); camionetas que pertenezcan al activo fijo de una empresa; tractores, carretillas automóviles, vehículos a propulsión eléctrica, vehículos casa rodante autopropulsados, vehículos para transporte fuera de carretera, coches celulares; coches ambulancia, coches mortuorios, coches blindados para el transporte y vehículos especiales clasificados en la partida 87.03 del Arancel Aduanero.

Este gravamen no está inserto en el precio del vehículo. Es decir, luego de que se efectúe la venta del vehículo, las personas deberán cancelar el impuesto establecido antes de comenzar el proceso de inscripción del mismo, precisó la Anac.

Actualmente, las personas que adquieren un vehículo nuevo deben dirigirse al Registro Civil para pagar la primera inscripción y la placa patente, para luego ir a la municipalidad correspondiente a cancelar el permiso de circulación. Después de que entre en vigencia el nuevo impuesto en enero de 2015, los contribuyentes deberán efectuar primero el pago del impuesto en el Servicio de Tesorería o institución bancaria autorizada según los valores facilitados por el SII para luego continuar el proceso regular de inscripción.

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