Lobby y gestión de intereses



SEÑOR DIRECTOR:

Tanto la Ley N° 20.730, que reglamenta el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, como su reglamento, tuvieron como objeto principal, regular reuniones y audiencias solicitadas por lobistas y gestores de intereses que tengan como finalidad influir en una decisión pública, sin hacer referencia o limitaciones a horarios, instancias ni a un elemento locativo en su aplicación.

Una interpretación distinta no solo contraviene el fin de la ley y sus principios, sino también, puede considerarse como una acción que la deja sin ejecución por parte de las autoridades obligadas a ella, generando responsabilidades.

Christopher Gotschlich

Abogado y académico U. Central

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