Contraloría desestima denuncia de exseremi Patricia Hidalgo que se enfrentó a Jackson

Peritajes a mails y WhatsApp: Fiscalía instruye diligencias tras denuncia de exseremi de Desarrollo Social por “presiones” en revisión de proyectos
La exseremi de Desarrollo Social Patricia Hidalgo.

Entre contralor calificó como insuficientes los antecedentes proporcionados por la exautoridad de Desarrollo Social, quien acusó presiones indebidas por parte de personeros del gobierno para aprobar proyectos ambientales que no compartía en el ejercicio de su cargo.


Este martes la Contraloría General de la República desestimó la denuncia presentada por la exseremi de Desarrollo Social Metropolitana Patricia Hidalgo, quien presentó acciones en contra de las autoridades del gobierno del Presidente Gabriel Boric por -supuestamente- haber ejercido presiones indebidas para que aprobara proyectos ambientales con los que no estaba de acuerdo. La exautoridad incluso acusó al exministro Giorgio Jackson de removerla de su cargo por no haber cumplido con dichas directrices.

Pero, según en análisis del ente contralor, el caso presentado por Hidalgo carece de fundamentos para configurar infracciones por parte de alguna de las autoridades a las que acusó de faltas a la probidad administrativa y de activar una operación política en su contra, entre ellas, el extitular de Desarrollo Social y fundador de Revolución Democrática.

“Posteriormente a mi desvinculación, él da a conocer acusaciones falsas e infundadas de delitos que yo habría cometido y que hasta el día de hoy estoy esperando que, a lo menos, hubiese presentado algún sumario administrativo en contra, alguna denuncia, alguna querella, cosa que hasta el día de hoy no ha ocurrido. Fui víctima de una operación política, de maltrato, de abuso de poder y creo que no es a mí a quien le corresponde investigar esos hechos, yo ya hice las querellas de estos casos. He solicitado al Ministerio de Desarrollo Social que me entregue información para poder saber de qué se me ha acusado, ya que lo han hecho con bastante alevosía por los medios de comunicación, no solo el ministro Jackson, sino que también otras ministras del Gobierno, pero hasta la fecha no hay nada”, acusó Hidalgo en la comisión que revisó una acusación constitucional en contra de Jackson, libelo en el que incluso se incorporó su desvinculación como parte de los antecedentes.

¿Qué dijo la Contraloría?

“Se ha dirigido a esta Contraloría regional la señora Patricia Hidalgo Jeldes, quien se desempeñó como Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región Metropolitana, exponiendo lo que considera constituyeron irregularidades en la evaluación ambiental de varios proyectos en que le correspondió participar, por cuanto habría existido una intromisión indebida por parte de las autoridades que indica, en las facultades que le correspondían al formar parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, con el objeto de favorecer la aprobación o rechazo de determinados proyectos. Asimismo, sostiene que en un comunicado emitido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, se difundió que el cese en su cargo por pérdida de confianza de la autoridad, se fundaba en la supuesta omisión en denunciar un delito -denuncia que ya había sido efectuada por otra funcionaria-, en circunstancias que a la recurrente se le informó que dicha determinación obedecía a diferencias en la aprobación o rechazo de proyectos sometidos al sistema de evaluación de impacto ambiental”, abre el pronunciamiento del ente contralor que desestima la denuncia de la exfuncionaria.

En ese orden, el documento señala que requerida al efecto, “la Subsecretaría de Servicios Sociales (entonces Francisca Perales de Convergencia Social) informó que, en cada una de las evaluaciones ambientales a que se refiere la recurrente, la entonces Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región Metropolitana fue convocada en calidad de órgano con competencia ambiental, siendo su participación necesaria y obligatoria, recibiendo instrucciones de la Subsecretaria de que no podía excusar su asistencia, por lo que no existió de parte de esa autoridad ninguna presión indebida“.

En relación a las supuestas presiones denunciadas por Hidalgo -las que respaldó con una serie de mensajes de WhatsApp en que tanto la delegada Constanza Martínez como la entonces subsecretaria Perales la conminaban a asistir a las sesiones en que se evaluaban los proyectos-, la Contraloría señala que “la Evaluación de Impacto Ambiental es un procedimiento, a cargo del Servicio de Evaluación Ambiental ‘que, en base a un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, determina si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes’ y que la ley N° 19.300 precisa que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 de ese texto legal sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, correspondiendo al Servicio de Evaluación Ambiental la administración del respectivo sistema de evaluación”.

En ese sentido, agrega tras señalar otra serie de disposiciones jurídicas sobre el punto que “la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control contenida en el dictamen N° 22.148, de 2018, ha señalado que el referido Informe Consolidado de Evaluación constituye un hito relevante dentro del respectivo procedimiento administrativo, toda vez que, como se advierte del tenor de la norma citada, es la base para la adopción de la determinación de aprobar o rechazar un proyecto o actividad sometida al SEIA por parte de la Comisión de Evaluación. Ahora bien, revisadas las resoluciones de calificación ambiental correspondientes a los proyectos señalados por la recurrente, esto es, ‘Centro Comercial Mall Vivo Santiago Etapa II’, ‘Concesión Américo Vespucio Oriente II, Tramo Príncipe de Gales -Los Presidentes’ y ‘Solución Sanitaria para un sector de Quilicura’, los respectivos Informes Consolidados de Evaluación recomendaron favorablemente cada uno de estos, por cuanto, según expresan, cumplían con la normativa de carácter ambiental aplicable”.

Y agrega: “Enseguida, en las copias de conversaciones por la red social WhatsApp acompañadas por la interesada, no se advierte se le impartiera por parte de la Subsecretaria de Servicios Sociales instrucción alguna en cuanto a aprobar o rechazar los referidos proyectos, sino que el diálogo versa sobre su asistencia a la Comisión de Evaluación Ambiental, deber inherente al desempeño del cargo de Secretaria Regional Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia. En tales circunstancias, corresponde desestimar la denuncia formulada respecto de la entonces Subsecretaria de Servicios Sociales”.

Finalmente, respecto a la pérdida de confianza de un cargo de naturaleza política, el ente contralor señala que “quienes desempeñan cargos de exclusiva confianza, como acontecía en la especie, se mantienen en estas solo mientras cuenten con la confianza de la jefatura a la cual le corresponde su nombramiento, de lo que se desprende que el cese que afectó a la interesada responde a la voluntad de la superioridad en orden a exteriorizar la pérdida de confianza, resultando ello suficiente para fundar la decisión, sin que, por lo mismo, se advierta irregularidad alguna en dicha circunstancia (aplica criterio contenido en el dictamen N° 3.377, de 2014)”.

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