Declaran inadmisible recurso de protección interpuesto por excarabinero Claudio Crespo en contra de la senadora Campillai

04 ABRIL 2023 LA SENADORA FABIOLA CAMPILLAI DURANTE SESION DE SALA DEL SENADO FOTO: DEDVI MISSENE

Claudio Crespo afirmó que la legisladora lo trató de "violador de derechos humanos" y que lo vinculó como propietario de Full Clean, empresa que mantenía un contrato con la Delegación Presidencial del Maipo.


Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró como inadmisible un recurso de protección en contra de la senadora por la Región Metropolitana, Fabiola Campillai. La acción fue ingresada por el excarabinero Claudio Crespo, quien está formalizado por apremios ilegítimos y se sindica como responsable de dejar ciego a Gustavo Gatica en el contexto del “estallido social”.

La acción fue presentada el pasado 25 de agosto por Crespo, donde reclama que la senadora Campillai lo acusó de “violador de derechos humanos” en un evento masivo en el centro de Santiago y que además, lo vinculó a la propiedad de la empresa Full Clean, donde, afirma, es solo un empleado.

El recurso se funda en el contexto de la revelación de que la Delegación Provincial del Maipo contrató por nueve meses y con un pago de $40 millones a la empresa donde Crespo se desempeña como gerente de operaciones, que fue revelado por Interferencia. El caso se selló con la renuncia del delegado presidencial Miguel Ángel Rojas (PS).

Sin embargo, Crespo en su escrito argumenta que la empresa “no me pertenece” y que hay una “manifestación inequívoca de la intención dolosa de la recurrida de achacarme el dominio de dicha entidad comercial de la cual soy empleado”. También, añade que la vinculación que hizo la senadora Campillai le valió una serie de amenazas, tanto a él como a su familia y que ha debido iniciar un tratamiento psiquiátrico farmacológico.

En su recurso de protección, el ex teniente coronel de Carabineros, afirmó que la legisladora vulneró una serie de derechos en su contra. Entre ellos, la garantía constitucional a la integridad psíquica, al derecho a la honra, la garantía constitucional a la libertad de trabajo y de contratación, a desarrollar cualquier actividad económica, la no discriminación del Estado en materia económica y la igualdad ante la ley.

Por ello, solicitaba que la Corte Suprema evacuara un informe a la Corte de Apelaciones “para que señale lo que estime pertinente” y también un comunicado de “disculpas públicas con expresa mención de mi persona y de mi familia, en que reconozca que ha vulnerado con sus declaraciones mis derechos constitucionales, y se comprometa a no repetir estas persecuciones laborales en lo sucesivo”.

La Primera Sala Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra Maritza Villadangos Frankovich e integrada por la ministra Paola Hasbún Mancilla y por la ministra (S) Soledad Orellana Pino, declaró la acción como inadmisible.

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