Gobierno ingresa al Congreso proyecto de “indulto” para que presos puedan cumplir condena fuera de la cárcel

Hernán Larraín

La iniciativa va en beneficio de los grupos más "expuestos" frente al coronavirus: mayores de 65 años, embarazadas, mujeres con hijos menores de dos años que viven en los penales y personas que cumplen reclusión nocturna -bajo ciertas condiciones-, entre otros. Según el titular de Justicia, Hernán Larraín, la medida podría beneficiar a unos 1.300 reclusos.


A través del Senado, el ministerio de Justicia ingresó este miércoles al Congreso un proyecto de ley para conceder un “indulto general conmutativo” a personas recluidas en cárceles del país y que son población de “alto riesgo” frente a la pandemia por el coronavirus. De aprobarse en el Parlamento, ese grupo penal -que según el ministro de Justicia, Hernán Larraín, incluiría unos 1.300 reos- podrá cumplir sus condenas en sus domicilios.

“Para el gobierno, la situación provocada por la emergencia sanitaria, obliga a actuar con especial cuidado con la población bajo riesgo y, por lo tanto, eso constituye para nosotros, en (el ministerio de) Justicia, una obligación de velar por aquellas personas que están bajo custodia del Estado. Me refiero a las personas que están cumpliendo penas privativas de libertad en recintos penitenciarios. La población penal está en una situación particularmente compleja por el encierro al que están obligados y eso hace que Gendarmería esté aplicando día políticas especiales de control sanitario en distinto sentido para cuidar tanto a la población penal como a quienes trabajan en las instituciones dentro de Gendarmería”, explicó Larraín, luego de que el Ejecutivo presentara en el Parlamento la iniciativa.

En esa línea, Larraín precisó que “preocupado especialmente de esa situación, el gobierno ha presentado en el día de hoy un proyecto de indulto conmutativo para hacernos cargo de esos dos grupos: la población de alto riesgo que hay al interior de los centros penitenciarios y de aquellos internos que por la forma de cumplir su condena entran y salen durante el periodo de ésta”.

Con mayor detalle, el ministro explicó que el indulto “significa que en lugar de cumplir su pena en un centro penitenciario la van a cumplir a domicilio con estricto control de Gendarmería”. Según Larraín, la “población de alto riesgo” beneficiada por el indulto será: "personas mayores de 65 años, con un trato especial para los de 75 hacia arriba (...) mujeres embarazadas y aquellas mujeres que tengan hijos menor de dos años que vivan con ellas en los planteles”.

Detalle de los “indultos”

Según una minuta del Ejecutivo, el indulto también se hará extensivo a “todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo las penas de reclusión parcial nocturna en establecimientos penitenciarios y quienes, cumpliendo una pena privativa de libertad, se encuentran gozando del beneficio de salida controlada al medio libre” .

“Tratándose de las personas que cumplen la reclusión nocturna -añade el texto-, se exige un tiempo mínimo de condena de un tercio de su pena, y que les reste por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses. El indulto en este caso, consistirá en la conmutación del saldo de pena que les resta por cumplir, por reclusión domiciliaria nocturna, por el tiempo equivalente al respectivo saldo de condena que les reste por cumplir”.

En el caso de quienes estén privados de libertad libertad y se encuentran gozando del beneficio de salida controlada al medio libre, “se exige un tiempo mínimo de condena de la mitad de su pena, y que les reste por cumplir un saldo igual o inferior a los 36 meses”.

El gobierno estableció también que quienes estén cumpliendo condena privativa de libertad y hayan cumplido la mitad de su pena, “restándoles menos de 36 meses de cumplimiento de la condena, y estuvieren beneficiados con el permiso de salida dominical o con el permiso de salida de fin de semana, pasarán a cumplir transitoriamente su condena mediante pena de reclusión domiciliaria total, por el término de seis meses contados desde el día de entrada en vigencia de esta ley, a cuyo vencimiento, cada persona condenada continuará con el cumplimiento de sus respectivas penas privativas de libertad, en la forma que lo hacían precedentemente en el establecimiento penal. Así, en estos casos, a diferencia de los anteriores, no se indulta la condena sino que se establece una modalidad alternativa y transitoria de cumplimiento, dada la emergencia sanitaria”.

“Este flujo de ingreso y egreso (de presos) es extremadamente peligroso por la posibilidad de contagio que pueden traer al ingresar diariamente al establecimiento penitenciario”, precisó el ministro.

El proyecto también entrega una lista de “delitos graves” que quedan expresamente excluidos del indulto, incluyendo aquellos de lesa humanidad.

“De esta decisión quedarán excluidas aquellas personas que tengan condenas por delitos gravísimos, me refiero a delitos como homicidios, en distintos grados; secuestros de distinta naturaleza, violaciones de distinta forma. La población que es beneficiada es aquella que tiene una peligrosidad menor y eso se va a traducir en que no van a poder salir aquellos que tengan condenas mayores”, aseguró Larraín.

La propuesta para sustituir algunas penas y lograr así descongestionar las cárceles de población calificada como de “alto riesgo" frente a la pandemia había sido anunciada hace algunas semanas por el Presidente Sebastián Piñera.

Este miércoles en tanto, desde Naciones Unidas, la Alta comisionada para los DD.HH de dicho organismo, Michelle Bachelet, pidió a la comunidad internacional tomare medidas para que "las personas que están encarceladas o recluidas en instalaciones cerradas, tales como hospitales psiquiátricos, hospicios y orfanatos, porque las consecuencias de su abandono podrían ser catastróficas”.


Revisa aquí el detalle de la propuesta del gobierno

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