A casi 100 días de denuncia por colusión, FNE aún no logra notificar a ejecutivos de Brink’s, Prosegur y Loomis

FNE

La Corte Suprema mantiene abiertos tres procedimientos de ayuda internacional a las jurisdicciones de España, Portugal y Uruguay a solicitud del Tribunal de Defensa de La Libre Competencia por las dificultades que ha reconocido la Fiscalía Nacional Económica en la notificación del requerimiento a ejecutivos acusados.


A tres meses de presentar su requerimiento por eventual colusión entre las empresas de transportes de valores, la Fiscalía Nacional Económica aún no puede notificar su requerimiento a los máximos ejecutivos de las compañías acusadas: Brink’s, Prosegur y Loomis

En su presentación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), el 7 de octubre de 2021, el ente persecutor acusó a dichas compañías de formar un cartel para fijar los precios entre los años 2017 y 2018 y pidió multas por US$63 millones. Además, incluyó en su requerimiento a los tres gerentes generales de las empresas y dos ejecutivos regionales.

La Fiscalía pidió multar a los tres gerentes generales durante la época en que acusa la colusión: el argentino Alberto Bálsamo Barreiro (Brink’s), con 149 UTA (US$ 115 mil); y los chilenos Marco Malverde Muñoz (Prosegur), con 134 UTA (US$ 104 mil), y Cristián Catalán Jerez (Loomis), con 114 UTA (US$ 88 mil). La acusación también apunta a los ejecutivos que dirigían los negocios regionales de Prosegur, el uruguayo Martín Matos Pardo, para quien se pidió una multa de 174 UTA (US$ 135 mil) y de Loomis, el portugués Rui Sanches Da Silva, con un monto de 122 UTA (US$ 94 mil).

El pasado 4 de enero de 2022, por medio de un escrito ante el tribunal, los abogados de la FNE, Víctor Santelices, Adolfo Wenzel y Carlos Garrido detallaron las dificultades en el proceso de notificación y solicitaron al TDLC oficiar a las compañías acusadas para que informen los domicilios de Alberto Bálsamo y Marco Malverde, gerente general de Brink’s y gerente general de Prosegur Cash, respectivamente, según el requerimiento del órgano antimonopolios.

En el mismo escrito explicaron al tribunal que el 26 de octubre de 2021, la receptora judicial Carmen Balboa informó que al llegar al domicilio informado por Alberto Bálsamo en su declaración del 28 de junio de 2021 ante la FNE, el conserje informó que el profesional vivió en la Torre El Roble, pero que se fue de ese domicilio hace más de un año, desconociendo su actual paradero.

En el caso de Marco Antonio Malverde, la FNE solicitó exhortar a la autoridad judicial de Indonesia para notificarlo en su domicilio laboral a la fecha del requerimiento. Sin embargo, la fiscalía acotó que posteriormente tomó conocimiento que el ejecutivo ya no residiría en ese país.

Por lo mismo, la fiscalía solicitó al TDLC oficiar a Brink’s Chile S.A. a fin de que ésta informe el último domicilio de Alberto Bálsamo. Es que si bien la FNE sabe que ambas pusieron término a su relación laboral con la empresa, se mantienen vinculadas con la firma a través de un acuerdo que regula la relación entre las parte después del término del contrato de trabajo.

Más específica fue la solicitud efectuada a Prosegur. En este caso, la FNE pidió al TDLC que la empresa informe el “actual domicilio personal o laboral de Marco Antonio Malverde del que tenga conocimiento o alguna de sus relacionadas, dentro o fuera de Chile”.

Oficios a España, Portugal y Uruguay

En paralelo, desde el 10 de noviembre de 2021 la Corte Suprema mantiene tres procesos de exhorto, a raíz de la solicitud de asistencia judicial efectuada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), dirigidos a España, Portugal y Uruguay.

En las dos primeras jurisdicciones, el TDLC solicitó notificar del procedimiento que lleva la FNE en Chile a Rui Antonio Soares Sanchez, quien se desempeñaría como ejecutivo de Loomis.

Para ambos países los tiempos son los siguientes: “El requerido dispone de 20 días hábiles para contestar el requerimiento, contados desde la notificación, aumentados en el término de 23 días hábiles en virtud de lo dispuesto en la tabla de emplazamiento vigente elaborada por la Corte Suprema. Ello sin perjuicio de poder solicitar, dentro del mismo plazo, una extensión de ese término. En consecuencia, el requerido tiene un plazo de 43 días hábiles para contestar el requerimiento”, consignó el exhorto.

Desde la Dirección General de Administración de Justicia de Portugal, el 23 de diciembre de 2021 consignó que “podrá intentar hacer lo necesario para transmitir el exhorto al tribunal portugués competente, pero que su ejecución dependerá después de una orden judicial”. Por lo mismo solicitó la traducción del exhorto a lengua portuguesa, indicar cuál es el plazo para que la persona notificada se defienda.

Al mismo tiempo, el TDLC solicitó a la autoridad judicial de Uruguay notificar del proceso a Martín Matos Pardo, director General Latam Sur de Prosegur. Pero a diferencia del caso anterior, el ejecutivo cuenta con un menor tiempo para contestar a la acusación. Ello debido a que según la solicitud, Matos posee 20 días hábiles para presentar sus descargos, que pueden ser aumentados en 15 días hábiles.

“Ello sin perjuicio de poder solicitar, dentro del mismo plazo, una extensión de ese término. En consecuencia, la inactividad del requerido dentro del término de 35 días hábiles hará continuar el procedimiento en su rebeldía”, consignó la presentación.

El pasado 7 de enero, la Dirección de Asuntos Internacionales y Derechos Humanos de la Corte Suprema dejó constancia que tomó contacto telefónico con el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 18° Turno de Montevideo y desde esta repartición le comunicaron que actualmente se encuentra en trámite la notificación del exhorto a la parte demandada.

“Como Loomis Chile hemos sido notificados, tanto como empresa y como persona natural, Cristián Catalán Jerez, quien se desempeña como gerente general. Además, queremos expresar que hemos colaborado con la investigación en fecha y forma con lo que ha sido requerido por la justicia”, señaló la compañía.

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