El revés judicial de la expresidenta de la CUT por la polémica que la obligó a dejar su cargo

02 de Junio de 2021 / SANTIAGO La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) da a conocer su nuevo Comité Ejecutivo, para los próximos cuatro años. En la imagen Silvia Silva Silva. FOTO:CRISTOBAL ESCOBAR/AGENCIAUNO

En marzo, Silvia Silva acusó a dirigentes sindicales de pretender enlodar su honra y su trayectoria, por lo que presentó una querella por injurias y calumnias con publicidad. El Tribunal de Garantía de La Serena absolvió a la exdirigente de la Ajunji, Bárbara Torres, que había sido acusada por Silva. Rodrigo Medina, abogado de Silva, afirmó que “es una sentencia errónea".


El martes 22 de marzo, la en ese entonces presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Silvia Silva, anunciaba que dejaba la presidencia de la multisindical, luego de siete meses en el cargo. La sindicalista denunció en ese momento “prácticas despreciables y cobardes”. En su lugar asumió David Acuña.

Silva acusó a dirigentes sindicales de pretender enlodar su honra y su trayectoria, por lo que anunció la presentación de una querella por injurias y calumnias con publicidad, la cual recayó en los tribunales de La Serena, contra Bárbara Torres Olivares, dirigente de la Asociación de Jardines Infantiles (Ajunji), y miembro de la CUT, al igual que Silva, y contra todo quienes resulten responsables “como autor, cómplice y encubridor de los delitos de calumnias e injurias graves que se especificarán en su oportunidad”.

El conflicto al que aludió Silva en su carta de renuncia tiene relación a una serie de publicaciones que “se han hecho circular públicamente, de manera presencial y por redes sociales, la cual contiene afirmaciones mendaces y denigratorias tanto de mi honor como dirigente sindical y como mujer y esposa”, expresaba la querella.

En el detalle, la querella señala que una carta que circuló públicamente -y que, afirmaba la denuncia, la querellada firmó como “Laura Soto”- sostenía que sus denuncias contra la presidenta de la CUT eran “rescatar a la Central del mal manejo que está teniendo”, y que “ese mal manejo lo personaliza en la suscrita respecto del quien señala que vela por sus intereses emocionales y económicos”.

La argumentación de la querella era que esas acusaciones “han sido profusamente difundidas por medio de cartas y por redes sociales (donde se han compartido) y en la propia CUT y círculos sindicales, afectan mi honor subjetivo y también el reconocimiento público que ostento como dirigente sindical a lo largo de los años”. Silva apuntó a Torres como la autora de esas afirmaciones y enfatizó que la difusión de esas acusaciones “pone en entredicho la amplia votación obtenida por la suscrita en las votaciones de dicha Central sindical. Asimismo, me afecta como mujer imputándome hechos denigrantes”. Silva asumió el mando de la CUT el 2 de junio de 2021.

El revés judicial

Sin embargo, el Tribunal de Garantía de La Serena absolvió a Bárbara Torres Olivares de la acusación que la presentaba como autora de los delitos consumados de calumnias e injurias graves, presuntamente cometidos en fechas indeterminadas en La Serena, y además condenó al pago total costas a Silvia Silva por $800 mil.

A través de una declaración pública, Torres se refirió a los hechos: “La Justicia me absuelve de las acusaciones por injurias y calumnias graves que interpuso esta persona en mi contra y quien, además, me amenazó en diciembre del año pasado vía telefónica. El Tribunal aseguró que: ‘La versión de los hechos que proporcionan estas testigos –en relación a la autoría atribuida- resulta inverosímil, por carecer de coherencia’”. Por ende, acotó que “soy absolutamente inocente de todas las imputaciones y la mentira ha quedado demostrada. El único propósito fue intentar manchar mi honra y mi dignidad ante mi familia”.

A raíz de esta acusación, Torres fue expulsada de la Asociación de Jardines Infantiles (Ajunji) y por ello, ahora espera revertir esa situación a través de un recurso de protección que interpuso como trabajadora, en la Corte de Apelaciones de Santiago N° 48743-2022, el cual se encuentra en vías de resolver.

Rodrigo Medina, abogado de Silvia Silva, afirmó que “es una sentencia errónea, pero atendible en el sentido de que los tribunales están exigiendo por este tipo de delitos, que son injurias y calumnias, una absoluta determinación de quien elabora, crea y difunde los escritos que se consideran injurioso y calumniosos”. En ese caso, Medina explica “el fallo de primera instancia dice que son mensajes injuriosos, pero como fueron firmadas con un seudónimo el tribunal no se atrevió a condenar”.

Precisa que “se le entregó una serie de indicios, presunciones y pruebas que indicaban que esa persona era la que había confeccionado y difundido esos mensajes, que podía ser otra persona, pero el tribunal consideró que eso no era suficiente”.

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