Número de excedentes de libre disposición que pagaron las AFP a pensionados suben 40% en el primer semestre

SANTIAGO CENTRO EN TRA (8375005)

A junio de este año se pagaron 4.597 excedentes, lo que se compara con los 3.298 de igual periodo de 2021, según un informe de la Asociación de AFP. Al ver los montos, al primer semestre de 2022 se pagaron US$ 98 millones, lo que representa un 20% más que los US$ 82 millones de iguales meses del año anterior.


Un total de 4.597 excedentes de libre disposición se pagaron en el primer semestre de este año, esto es un 40% más que el número de operaciones que se realizaron en igual periodo de 2021, cuando fueron 3.298.

Eso es lo que muestra un informe de la Asociación de AFP hecho en base a cifras de la Superintendencia de Pensiones. Allí se detalla que a junio de 2022, el valor promedio de excedentes pagados alcanzó una media de $20,3 millones.

En tanto, el monto total que se pagó llegó a US$ 98 millones, lo que representa un 54% de lo que se canceló en todo 2021, y se traduce en un 20% más que los US$ 82 millones de iguales meses del año anterior.

Esto va en línea con los máximos que se han registrado en el número de nuevos pensionados: el primer semestre de este año batió todos los récords, ya que por primera vez superaron los 100 mil para un periodo enero-junio, marcando un nivel no visto desde que hay registro (2004) en ese lapso. Además, también registraron su mayor alza en igual comparación.

Sin embargo, la Asociación de AFP recuerda en el informe que “en los últimos dos años los afiliados contaron con la posibilidad ´excepcional´ de retirar parte de sus fondos de pensiones, lo que puede reducir la opción de retirar excedentes de libre disposición, tanto en monto como en el número de casos. De hecho, el número de nuevos pensionados disminuyó en los años 2020 y 2021, con 122.629 nuevos pensionados por vejez e invalidez en 2020 y 111.905 nuevos pensionados en 2021. Esto significa una reducción del 19% y 26%, respectivamente, respecto a los 150.966 nuevos pensionados en 2019″.

Todo lo que ahorran las personas en su AFP luego se puede transformar en su pensión, en excedentes de libre disposición, en pensión de sobrevivencia, o en herencia, en caso de que el afiliado siga con saldo en la administradora al momento de fallecer.

Los excedentes de libre disposición son aquellos fondos que quedan a disposición de los afiliados para el uso que estimen conveniente si desean retirarlos una vez que se pensionan, y corresponde al saldo remanente, luego de descontar al saldo en la cuenta de capitalización individual el capital necesario para alcanzar la pensión mínima requerida.

Por otro lado, el gremio explica en el informe que las cifras oficiales del regulador sobre excedentes de libre disposición están disponibles desde agosto del año 2003, y entre esa fecha y junio recién pasado, un total de 245.311 afiliados han retirado ahorro de sus cuentas individuales como excedentes de libre disposición al momento de pensionarse.

Adicionalmente, el documento puntualiza que entre agosto de 2003 y junio de 2022 se han pagado US$ 1.619 millones en excedentes. Justamente 2021 fue el año en que se entregó el mayor monto, totalizando US$ 181 millones, seguido por los US$ 172 millones de 2019 y US$ 148 millones de 2020.

Los retiros de excedentes de libre disposición están establecidos en el Decreto Ley 3.500 de 1980, y la puerta de acceso a esos fondos se abre cuando los afiliados se pensionan por vejez, a la edad de pensión o después; por vejez anticipada o por invalidez.

Para acceder a los excedentes se requiere tener 10 años de afiliación en algún sistema previsional, y obtener una pensión igual o mayor al 70% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas de los últimos 10 años anteriores al mes en que se acogió a pensión, debidamente actualizadas. Además, se exige que la pensión obtenida sea igual o superior a 12 UF.

De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 42° ter de la Ley de Impuesto a la Renta, el monto de los excedentes de libre disposición podrá ser retirado libre de impuesto hasta por un máximo anual equivalente a 200 UTM, no pudiendo exceder dicha exención el equivalente a 1.200 UTM.

El contribuyente podrá optar, alternativamente, por acoger sus retiros a una exención máxima de 800 UTM durante un año.

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