Consejo para la Transparencia enviará cartilla a nuevo gabinete con obligaciones en probidad

Sebastián Piñera presenta a los integrantes de su gabinete
23 de enero de 2018/SANTIAGO El Presidente electo Sebastián Piñera, presenta a su gabinete que asumirá el 11 de marzo próximo. FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

Fideicomiso ciego, lobby, enajenación de activos o renuncia de participación en sociedades, son parte de los temas que la entidad incluyó en un documento que será distribuido en los próximos días a los 23 miembros del elenco ministerial del futuro gobierno.




Hoy, los miembros del Consejo para la Transparencia ajustarán los últimos detalles de una cartilla que, en los próximos días, el organismo le enviará a todos los miembros del gabinete del futuro gobierno de Sebastián Piñera. La iniciativa busca que los 23 nuevos ministros puedan conocer y estudiar en profundidad -de aquí al 11 de marzo próximo- cuáles son sus obligaciones y responsabilidades en materia de probidad y transparencia. Tanto a nivel personal como a nivel ministerial.

En las últimas semanas, el Consejo ha promovido una serie de acciones para la cautela de esas normas. Un ejemplo es la recomendación de la entidad al gobierno saliente -a través de un oficio- para que los organismos públicos "conserven respaldo institucional" de los funcionarios y la Presidencia mantenga originales o copias de la correspondencia que llegó durante el período.

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Ahora, la recomendación va dirigida al gobierno saliente. El documento incluye ocho temas que los secretarios de Estado tienen que manejar en detalle. Entre ellos está la enajenación de activos o renuncia de participación en sociedades, fideicomiso ciego, lobby, declaración de patrimonio de intereses, el derecho de acceso a la información y la transparencia activa.

La cartilla del Consejo para la Transparencia va dirigida especialmente a quienes, por primera vez, ocuparán cargos en un gabinete ministerial. De los 23 miembros, 6 de ellos ejercerán por segunda vez.

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"Queremos que el nuevo gobierno y sus autoridades sepan, antes de asumir, la diversidad de obligaciones que tienen en materia de transparencia y probidad. Sabemos que no es fácil y que las exigencias son muchas, por eso la relevancia de que tengan tiempo para prepararse, estudiar sus obligaciones y buscar los mecanismos para cumplir bien", explicó a PULSO el presidente del organismo, Marcelo Drago.

Deberes y sanciones

A diferencia de lo que ocurría en 2010, cuando la declaración de patrimonio era una promesa sin una obligación legal detrás, en junio de 2016 entró en vigencia la Ley 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Interés, que dispone la constitución de un mandato especial de administración de cartera de valores.

La legislación, que fue presentada en 2011, durante el primer gobierno de Piñera, reactivó su tramitación en 2015 tras conocerse una serie de casos de financiamiento irregular de la política.

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"El mandato se deberá constituir dentro de los 90 días corridos posteriores a la asunción del cargo y, en su caso, dentro del mismo plazo contado desde la actualización de la respectiva declaración de intereses y patrimonio", es parte de los deberes que están incluidos en el documento. La Ley 20.880 incluye un aumento de multas y la fiscalización de la Contraloría para comprobar si es que las declaraciones son falsas o están incompletas.

Otra materia que el documento aborda es el lobby. Allí remarca que todas las autoridades que no declaren ni mantengan los registros de sus audiencias públicas se arriesgan a una serie de infracciones incluidas en la Ley del Lobby: la Contraloría podrá aplicar multas de entre 10 y 30 UTM, se consignará públicamente -y en la hoja de vida del funcionario- la sanción, e incluso, si la información de los registros es falsa o incompleta, la multa podría alcanzar los 50 UTM además de una eventual responsabilidad penal.

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En el Consejo también esperan que los futuros ministros cumplan con sus responsabilidades en materia del derecho de acceso a la información. En casos en que la denegación no esté bien fundamentada, las sanciones van directamente a la remuneración de las autoridades, entre un 20% y un 50%.

Incluso, si la conducta se repite, podría caer sobre el funcionario una suspensión de su cargo por cinco días.

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