Tribunal Constitucional declara inconstitucional artículo sobre el lucro

El veredicto confirma la inconstitucional del artículo 63 del proyecto y del artículo 18 transitorio de la Ley de Educación Superior.




Esta mañana el Tribunal Constitucional entregó su decisión con respecto a la Ley de Educación Superior, declarando inconstitucional, por 6 votos contra 4, uno de los artículos que más despertó polémica en las últimas semanas, en relación a las instituciones con fines de lucro.

El veredicto en cuestión confirma la inconstitucionalidad del artículo 63 del proyecto y del artículo 18 transitorio, referidos al estatuto jurídico de los controladores de universidades.

En este sentido, las entidades privadas de educación superior -universidades, centros de formación técnica e institutos profesionales- podrán seguir invirtiendo su dinero para beneficio propio y no necesariamente para educación.

La sentencia definitiva será expedida y notificada a los órganos colegisladores a más tardar el 26 de abril próximo.

Antes de conocer los resultados del TC, el Colegio de Profesores anunció protestas en caso de que el organismo declarara inconstitucional el artículo ya establecido.

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