Bomberos de Chile: cómo denunciar al empleador si impide acudir a la emergencia

Cómo pueden denunciar los bomberos a su empleador. Foto referencial.

Se mantiene un llamado a los voluntarios a anunciar en la Dirección del Trabajo las malas prácticas, para cursar las multas respectivas.


La Dirección del Trabajo, cuenta con una plataforma web para denunciar a aquellos empleadores que impidan a Bomberos de Chile asistir a una emergencia.

Las y los voluntarios de la institución cuentan con la facultad para acudir a incendios y desastres durante su jornada laboral, sin ser penalizados en sus quehaceres.

El ministro del Trabajo, Giorgio Boccardo, anunció en redes sociales que “ante las denuncias que hemos recibido, en que empleadores están haciendo retornar los voluntarios de Bomberos a su empleo, como Gobierno queremos ser enfáticos, el Código del Trabajo garantiza el derecho de estas personas a ausentarse mientras dure la emergencia, sin descuento de remuneraciones ni que sea causal de despido”.

Facultades de Bomberos

En las redes sociales del Ministerio del Trabajo, informan que los combatientes de los incendios forestales tienen los siguientes derechos:

  • Las y los trabajadores que sean voluntarios del Cuerpo de Bomberos están facultados para asistir a un llamado de emergencia que ocurra mientras estén en su jornada laboral.
  • El tiempo que la o el voluntario destine a la atención de la emergencia será considerado como trabajado para todos los efectos legales. El empleador no podrá calificar esta salida como injustificada para configurar la causal de abandono de trabajo.
  • El empleador puede solicitar a la Comandancia de Bomberos respectiva, la acreditación de la situación de la o el trabajador.
  • El tiempo destinado a atender estas emergencias será considerado como trabajado, la o el empleador no podrá calificar la salida como injustificada.
Bomberos de Chile: cómo denunciar si el empleador impide la asistencia a una emergencia o ejerce despido injustificado. Fotos redes sociales Ministerio del Trabajo.

¿Quiénes pueden denunciar?

Pueden denunciar confidencialmente, según lo establecido por el Código del Trabajo:

  • Trabajadores y trabajadoras dependientes, que mantengan la relación laboral vigente con el empleador o la empleadora a denunciar, salvo que se trate de despedidos con fuero laboral.
  • Organizaciones sindicales y cualquier persona que tenga conocimiento de una infracción a la normativa laboral.

¿Cómo y dónde denunciar?

La autoridad hizo el llamado a que el personal de Bomberos haga la denuncia respectiva en la Dirección del Trabajo, pues desde el Ministerio serán “implacables con estas empresas y cursarán las multas respectivas”.

Para hacer el trámite por Internet se debe:

  • Ingresar a la página de la Dirección del Trabajo y hacer clic en “ir al trámite en línea” e iniciar sesión con RUT y Clave Única.
  • Actualizar los datos, si es la primera vez que se accede al portal DT.
  • Luego dirigirse al perfil “trabajador” y seleccionar la opción “denuncias y solicitudes”.
  • Se debe hacer clic en “ingresar denuncia laboral” y completar todos los datos requeridos por el sistema.
  • Luego de enviar, dentro de las próximas 48 horas, se recibirá un correo electrónico que confirma el registro exitoso y contiene el código de la solicitud.

Asimismo, para quienes hagan una denuncia al empleador por impedir realizar labores voluntarias, la Dirección del Trabajo tiene a disposición tres canales de atención que son:

Cómo denunciar al empleador si impide a bomberos acudir a la emergencia. Foto: Twitter Ministerio del Trabajo.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para realizar la denuncia de manera presencial, es necesario contar con:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Antecedentes del empleador o de la empleadora: nombre o razón social y domicilio.

Para realizar la denuncia por Internet en la Dirección del Trabajo se necesita:

  • Razón social de la empresa, o nombre del empleador o de la empleadora.
  • RUT del empleador o de la empleadora.
  • Correo electrónico y/o teléfono de contacto del empleador o de la empleadora.
  • Domicilio del lugar donde el trabajador o la trabajadora se desempeña, o casa matriz del empleador o de la empleadora.
Bomberos de Chile: cómo denunciar si el empleador impide la asistencia a una emergencia o ejerce despido injustificado. Foto Referencial.

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