¿Cómo retirar el dinero en BancoEstado de una persona fallecida?

¿Cómo recuperar el dinero de una cuenta de BancoEstado de una persona fallecida? Foto referencial.

Conoce la documentación y procedimiento que se debe seguir para obtener los fondos.


BancoEstado dio a conocer el procedimiento para retirar los saldos de productos bancarios de personas fallecidas.

Una instancia difícil e impredecible, en la que se deben realizar una serie de trámites, por lo que se torna de importancia tener en cuenta los documentos con los que hay que contar y los pasos a seguir.

¿De qué cuentas se puede retirar el dinero?

En sus redes sociales, BancoEstado detalló que los herederos de una persona pueden hacer retiros de saldos de:

  • Productos y cuantas BancoEstado.
  • Chequera electrónica.
  • Cuenta vista.
  • CuentaRut.
  • Cuenta Corriente, siempre que cuenten con posesión efectiva y acompañen los documentos solicitados.

¿Qué documentos se requieren?

Para retirar el saldo de BancoEstado de una persona fallecida se necesita lo siguiente:

  • Contar con Certificado de Posesión Efectiva emitido por el Servicio de Registro Civil y de Identificación, en el que se individualizan en el inventario los productos o cuentas en BancoEstado que tenía la persona titular.
  • Presentar un Certificado de Pago o Exención de Impuesto de Herencia.
  • Tener un Certificado de Matrimonio de herederos casados, si están en sociedad conyugal, se requiere autorización de cónyuge.
  • Aquellas personas solteras no se solicitará documento notarial, solo debe declararlo por escrito al ir al banco. Tampoco se solicitará certificado de viudez.
  • Solo para Cuentas de Ahorro, la Ley sobre Impuesto a la Herencia, permite un solo retiro a los herederos, son posesión efectiva, por hasta 5 Unidades Tributarias Anuales. Sobre ese monto se requiere también de Posesión Efectiva.

Cabe destacar que para realizar el cobro de los dineros que existan deberán comparecer todos los herederos que figuren en el Certificado de Posesión Efectiva, a menos que se acompañe un poder otorgado ante notario que habite su cobro a uno o varios herederos en lugar de otros.

Las personas fallecidas que hubieran dictado testamento en vida, requieren otra documentación. Para información más detallada se puede contactar al 600 3200 7000.

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