Columna de Gaspar Domínguez: Ni blanco, ni negro

06 Marzo 2023 En la sala del Senado en el ex Congreso de Santiago se dio inicio al nuevo Proceso Constitucional 2023 con la comisio n de expertos que definiran un borrador de la Nueva Constitucion. Foto: Andres Perez


Si bien son conocidos los temas que generaron aprensiones en la propuesta rechazada, para un buen debate es necesario separar la paja del trigo e identificar innovaciones presentes en la propuesta que sí generaron consenso. Algunos elementos como el Estado de derecho, la supremacía constitucional o la unidad del territorio están presentes en la CPR de 1980 y la propuesta rechazada. Pero aquí me referiré a las innovaciones de la propuesta de la Convención que generaron consenso, que no están contenidas en las 12 bases constitucionales y que -a mi juicio- debieran ser parte de alguna forma del nuevo borrador que será escrito en la ya inaugurada Comisión Experta.

Consagrar una democracia participativa, con instituciones como la iniciativa popular de ley donde en un plazo establecido un grupo de personas habilitadas para sufragar puedan presentar una iniciativa de ley para su tramitación legislativa o la iniciativa de derogación de una o más leyes promulgadas con el patrocinio de un 5% del padrón que habilite un referéndum nacional de derogación. (Art.157-158).

También se debe considerar que una contracara del Estado social de derecho es establecer a nivel constitucional los principios de sostenibilidad y responsabilidad fiscal como guía del actuar del Estado y todas sus instituciones, incorporando en esta visión de desarrollo la armonía y sostenibilidad de la naturaleza. Junto con el deber del Estado de prevenir y sancionar los abusos en los mercados, prácticas de colusión entre empresas y abusos de posición dominantes que afecten el funcionamiento eficiente de los mercados.

En términos de tributación, se debe incluir la incorporación de los objetivos de reducción de desigualdades y pobreza, admitiendo además la creación de tributos con fines distintos a la recaudación, teniendo como límite la necesidad, razonabilidad y transparencia (Art.185), como pueden ser impuestos reguladores que promuevan la asignación eficiente de recursos que maximicen el bienestar social.

Una de las cuestiones centrales del trabajo anterior fue la búsqueda de descentralización. En este ámbito, se debiera pensar en entidades territoriales con mayores grados de autonomía, entregando progresivamente mayor autonomía política, fiscal y administrativa. Buenos ejemplos son la posibilidad de crear empresas públicas regionales y comunales (Art. 214, 220), la generación de ingresos a través de tasas y contribuciones locales (Art. 247) y transferencia progresiva de gasto público desde el gobierno central a unidades subnacionales (Art. 245). Este nuevo proceso también debe incorporar la visión del Estado con una administración ecológicamente responsable y el reconocimiento del vínculo entre personas y naturaleza y la justicia ambiental (Art.127-128).

Y, por último, la posibilidad de emitir dictámenes obligatorios incluyendo a empresas públicas o sociedades donde tenga participación el Estado, y de cualquier persona jurídica que disponga recursos fiscales o administre bienes públicos (Art.354). Esto permitiría, por ejemplo, resguardar el correcto uso de los fondos públicos en corporaciones municipales, Codelco, entre otras. Además del deber de transparencia para toda institución que desarrolle función pública o que administre recursos públicos. (Art. 167).

Muchos deseamos profundamente que la nueva propuesta genere el consenso que no generó la propuesta rechazada ni genera la Constitución vigente. Debemos levantarnos, participar y discutir de buena fe, aprendiendo de los errores y excesos del pasado y pensando en el futuro.

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