Las señales que enviará la instalación de la Convención Constitucional

A pesar de las diferentes miradas que existen entre los convencionales sobre el rol de la Convención y las normas que la regirán, si hay espíritu de acuerdo y apego a las reglas el comienzo será auspicioso.



Con la dictación por parte del Presidente de la República del decreto de instalación de la futura Convención Constitucional -en que fijó como fecha el próximo domingo 4 de julio-, el país se prepara para entrar de lleno a la elaboración de una nueva Carta Fundamental.

Había dudas sobre algunas de las formalidades, como por ejemplo qué autoridad dirigiría la ceremonia de investidura -algunos cuestionaban que ello se hiciera ante el presidente de la Corte Suprema, como se evaluó en algún momento-, así como si estarían presentes los distintos poderes del Estado. Finalmente se optó por un diseño sobrio, en que la investidura será certificada por la secretaria relatora del Tribunal Calificador de Elecciones, sin presencia de otros poderes del Estado.

En esa misma jornada, los convencionales deberán elegir cuál de ellos detentará la presidencia y la vicepresidencia, para lo cual se requerirá de la mayoría absoluta de sus miembros. A partir de ahí, la Convención deberá abocarse a su primera gran tarea, que será la redacción del reglamento que la regirá, para lo cual se requerirá la voluntad de los dos tercios, mismo quorum que se exigirá para aprobar cada una de las normas que contendrá la nueva Constitución.

La elaboración del reglamento necesariamente tomará algo de tiempo, pues son múltiples los aspectos que deberá normar. Entre ellos, si habrá o no comisiones temáticas, así como su composición, jornadas de funcionamiento, uso de la palabra, sanciones y distintas materias de orden administrativo. Pero también habrá que zanjar aspectos no menores, como por ejemplo de qué forma se hará efectiva la participación ciudadana -la Convención cuenta con una partida presupuestaria específica para ello-, un asunto que muchos consideran medular en el proceso para revestirlo de legitimidad. Si bien la reforma constitucional que habilitó el proceso constituyente no trata este punto en específico, no hay duda de que será importante escuchar a la mayor cantidad de voces en este proceso.

Pero ya se advierten diferencias en cuanto a si dicha participación ciudadana habrá de entenderse como un insumo más para la Convención, o si se buscará darle un carácter vinculante, como ya han planteado algunos convencionales. En algún momento también se reactivará la discusión acerca de cómo se zanjarán aquellas materias en las cuales no se logren los dos tercios. Cuando se discutió la reforma constitucional este fue un aspecto que generó ásperas controversias en las fuerzas políticas. Aun cuando no se trata de una materia propiamente reglamentaria, dentro de los mismos convencionales ya existen propuestas para que ello se zanje a través de plebiscitos, mientras que un grupo ha pedido desechar este quorum.

La experiencia internacional brinda variados ejemplos de cómo se ha resuelto el reglamento en procesos constituyentes. El caso de Bolivia puede resultar aleccionador, pues su redacción también quedó entregada a la Asamblea Constituyente, y en ello demoró siete meses, lo que obligó a extender el período de funcionamiento, originalmente de nueve meses. Y tal como ocurrió en el caso boliviano, también en Chile hay convencionales que han entendido su labor como depositarios de la soberanía original -pese a que la reforma constitucional expresamente no le confiere a la Convención dicha potestad-, lo que habilitaría para dictar sus propias reglas, al margen de lo que haya establecido el Congreso.

El país ha cifrado grandes expectativas en el proceso constituyente, y por tanto es del máximo interés que este se desenvuelva en forma expedita y llegue a puerto dentro de los plazos establecidos, con un texto que sea el fruto de amplios consensos, dejando atrás las divisiones que genera la actual Carta Fundamental. La tarea se presenta exigente, pero perfectamente posible de lograr. Para ello será fundamental que ante todo exista disposición al diálogo, la buena fe e indispensable flexibilización para buscar los puntos de acuerdo.

Fundamental para un buen resultado será también que exista pleno respeto al marco constitucional que fue fijado para el funcionamiento de la Convención, pues si hay un intento por desconocer las reglas establecidas se arriesga a que el proceso pierda legitimidad. En ese sentido, no cabe perder de vista que los plebiscitos no están contemplados como mecanismo para zanjar desacuerdos, y es discutible que la participación ciudadana pueda entenderse como vinculante, sin perjuicio de que en el reglamento se puedan buscar fórmulas que eviten que la opinión recabada de la ciudadanía caiga en el vacío.

La jornada de instalación será una oportunidad clave para demostrar que a pesar de las múltiples -y legítimas- diferencias que existen sobre cómo entender aspectos del proceso o qué debe contener la nueva Constitución, se comiencen a brindar desde ya señales de acuerdos y apego a las reglas del proceso -sin tampoco pretender condicionar el funcionamiento de la Convención a exigencias como la liberación a los “presos de la revuelta”-, lo que constituiría un comienzo auspicioso.

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