Biobío, Valparaíso y La Araucanía lideran ranking: Fiscalía registra casi 1.600 casos de usurpaciones en lo que va del año

FOTO: DEDVI MISSENE

En lo que va del año, según cifras del Ministerio Público, se han registrado 1.593 casos a nivel nacional de usurpaciones violentas y no violentas. Lo anterior es parte de la discusión luego de que el gobierno decidiera vetar la iniciativa aprobada por el Congreso y con la cual se busca penar con cárcel este tipo de delitos.


Más de 5.600 viviendas son las que se han emplazado en la toma del cerro La Virgen, en la comuna de San Antonio, en la Región de Valparaíso. Por lo mismo, en el mes de junio la Corte de Apelaciones de Valparaíso ha fallado y decretado el desalojo del lugar, debido a que se trata de una ocupación ilegal luego de que se usurpara el terreno de la Inmobiliaria y Constructora San Antonio.

En cifras del Ministerio Público, hasta septiembre de este año han ingresado más de 1.500 casos caratulados bajo el delito de usurpación. En datos de la Fiscalía, la mayoría de este tipo de hechos se ha concentrado en las regiones de Biobío, Valparaíso y La Araucanía.

Precisamente, la legalidad y penalidad del delito de usurpaciones es lo que se encuentra en debate actualmente en el Congreso. Esto, luego de que el pasado viernes el gobierno decidiera presentar un veto al proyecto aprobado por el Congreso, el que busca castigar con cárcel a aquellas personas que se tomen un terreno.

El veto presentado por el Ejecutivo busca eliminar la legítima defensa privilegiada, la cual permitía -según sostuvo el gobierno- una “autotutela”. Esto, porque el texto plantea que el dueño de un terreno ocupado ilegalmente podría recurrir a la fuerza con medios propios. Además de eso, La Moneda planteó 14 observaciones a la iniciativa, especialmente en los aspectos donde se consagraba la legítima defensa privilegiada.

Los datos tras el debate

Pero el delito de usurpaciones consagrado está considerado en el Código Penal, el cual establece la pena de multas y no es un ilícito privativo de libertad. Y es que la usurpación no violenta tiene una multa de 6 a 10 UTM y la considerada violenta tiene una multa de 11 a 20 UTM.

En ese contexto legal, según cifras solicitadas por La Tercera al Ministerio Público, hasta septiembre pasado se han registrado 1.593 casos de usurpaciones ilegales, ya sean catalogadas como violentas o no violentas. En detalle, y separados por fiscalías regionales, la Región del Biobío es la que acumula la mayor cantidad de estos casos, con 244 hechos. A esta la siguen las regiones de Valparaíso y La Araucanía, las cuales registran hasta el mes pasado 215 casos de este tipo. En caso contrario se encuentra la Región de Magallanes, con seis casos.

Más atrás se encuentra la Región Metropolitana, donde la Fiscalía Metropolitana Centro Norte es la que concentra el mayor número de casos, con 172 hechos. Misma entidad que registra la mayor disminución en la capital en el ingreso de este tipo de delitos, con 20% de caída.

Iván Poduje, arquitecto y director ejecutivo de Atisba, asegura que “acá tenemos dos patrones distintos, uno que está asociado a la actividad terrorista y crimen organizado que hay en la Macrozona Sur y al hecho que hace mucho tiempo grupos que reivindican propiedad de los terrenos se los toman violentamente o extorsionan a las familias. Y en el caso de Valparaíso, creo que tenemos un crecimiento vía toma de terreno para primera vivienda y un negocio mafioso asociado a segundas viviendas, con foco en Viña del Mar, San Antonio y Valparaíso”.

Pese al número de casos en el delito de usurpación, los registros de la Fiscalía también demuestran una disminución en este tipo de hechos. Y es que, al mismo periodo durante el 2022, el Ministerio Público registraba 1.913 delitos de usurpación. Lo anterior demuestra una caída de 16,7% en este tipo de ilícitos.

En esa línea, la Región de Arica es la que registra la mayor caída en este tipo de delito. Y es que si durante el 2022 se registraron 54 de estos ilícitos, este año se han ingresado 19 causas de este tipo, un 60% menos. En números, la Región de La Araucanía es la que más disminuye los casos. Y es que durante los últimos nueve meses dicha zona bajó en 130 casos de este tipo.

A juicio de Poduje, aquello se debe a que “tenemos una base de comparación muy exigida, porque las usurpaciones masivas que se producen post estallido se concentran en 2019, pero después se suma la pandemia, entonces ahí el volumen es gigantesco. Entonces yo creo que lo que está pasando es que sigue siendo alto, pero como la base era tan grande, aparece una reducción. Porque respecto al año pasado, donde estaba este peak de usurpaciones, se ven más bajas”.

Considerando que La Araucanía es una de las regiones con más delitos de este tipo, el diputado Miguel Mellado (RN) cuestiona la decisión del gobierno. Y es que a su juicio la usurpación en la región “es un cáncer para el agricultor o el forestal que trabaja honestamente. Hoy es una falta y el nuevo proyecto aprobado revierte eso, el gobierno no lo quiere y lo veta, porque el PC ve como si fuera una necesidad la usurpación por pobreza o por necesidad habitacional. Los agricultores están siendo desplazados de sus predios y eso atenta contra los DD. HH de ellos y eso no se visualiza. Iremos a la CIDH y presentaremos el caso en contra del gobierno que no protege a los agricultores de la región”.

¿Violentos o no violentos?

Si bien las cifras del Ministerio Público consideran al delito en su conjunto, la denominación de la forma en la que ocurren los hechos es algo de lo que forma parte del debate. Y es que la calificación de los hechos como violentos o no violentos surgió luego de que la ministra del Interior, Carolina Tohá, asegurara -algo que explicó más tarde- que existían “usurpaciones pacíficas”.

El abogado penalista Juan Carlos Manríquez explica que dicha diferenciación es algo actualmente diferenciado en la legislación. En ese sentido, el abogado afirma que “la usurpación denominada no violenta es aquella que se produce en el día, sin utilizar armas o intimidación y que consiste en ingresar a un terreno ajeno sin autorización u orden judicial y a su vez sin romper límites, candados o hitos demarcatorios (...) Si el terreno se encuentra cerrado, en cambio, y se entra de noche o por la violencia o la intimidación o usando armas, y se rompen además límites, candados o hitos, la usurpación se convierte en violenta”.

Pese a eso, el penalista explica que en el caso de las usurpaciones no violentas, “cuando no está el dueño ni este repele el ataque, el asunto suele derivarse civil, de precario o de mera ocupación de un terreno ajeno sin título, lo que puede derivar en cuestiones de larga tramitación ante los tribunales civiles, más aun si los ocupantes dicen tener un título aparentemente legítimo”.

En esa línea, la abogada Catherine Lathrop apunta a la forma en la que debe acreditarse este tipo de delito. Y es que según explica la abogada, ante un tribunal “es de difícil acreditación y tramitación, puesto que por mucho tiempo la Fiscalía tuvo una tendencia a desestimarlos por estimar que era una cuestión de índole civil y los auxiliares del Ministerio Público los tomaban como delitos de menor relevancia, dilatando el diligenciamiento de las órdenes de investigar por aquello, sin perjuicio de que en muchísimos casos han sido caldo de cultivo de focos delictuales de gran complejidad, especialmente por la imposibilidad de determinar quiénes son los usurpadores”.

Lathrop apunta a que los procesos son largos pese a que “recientemente este tema se ha tomado con mayor seriedad, lo que se ha traducido en mayores esfuerzos por parte de la Fiscalía, policías y órganos administrativos para no solo tener condenas, que hoy son casi insignificantes, sino que lograr desalojar las propiedades usurpadas. El solo hecho de tener que coordinar todo el aparataje público, de por sí, torna el proceso en algo muy largo y tedioso, por lo que cualquier reforma que vaya en la dirección de entregar más recursos investigativos, elevar las sanciones y facilitar el desalojo va en la línea correcta”.

Manríquez concluye, respecto al proyecto de ley en discusión, que el dejar tipificada una usurpación no violenta con ocupación permanente, “sin herramientas de balance que permitan una rápida y pronta recuperación del inmueble, puede llegar a dejar estas normas como una mera declaración simbólica completamente ineficaz”.

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