Corte Suprema confirma fallo que frenó expulsión de inmigrante venezolano

Foto: Andres Perez

Máximo tribunal ratificó fallo de Corte de Apelaciones, estableciendo que la Intendencia de La Araucanía actuó de forma arbitraria e ilegal al decretar la salida del país del hombre.


La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que acogió un recurso de amparo presentado en representación de un ciudadano venezolano, quien -según determinó la justicia- fue expulsado del país sin respetar las normas del debido proceso administrativo y que cuenta, además, con familia en Chile.

En un fallo unánime, se estableció el actuar arbitrario e ilegal de la Intendencia de La Araucanía, al decretar la salida del territorio nacional del amparado, tras desistirse de la acción penal por su supuesto ingreso irregular al país.

El texto destaca que “aparece de manifiesto que la decisión de la Administración se adoptó luego de un procedimiento contencioso administrativo insuficiente, por cuanto la parte recurrente no fue oída ni pudo presentar las pruebas que estimare del caso, lo que torna en ilegal tal pronunciamiento en cuanto carece de la debida fundamentación, no pudiendo desprenderse de ella criterio alguno de proporcionalidad y razonabilidad, motivo por el cual la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de la persona en cuyo favor se acciona, sujeta a la medida de expulsión del territorio nacional”.

La Corte Suprema indica que, en este tipo de casos, debe tenerse en consideración, además, el escenario provocado por la pandemia de Covid-19, por lo que “de mantenerse el decreto de expulsión del territorio nacional de un ciudadano extranjero bajo tales circunstancias, implicaría necesariamente una afectación de la integridad física, psíquica y seguridad personal de los mismos”.

Concluye señalando que las normas de derecho internacional sobre los refugiados, que han sido ratificadas por la legislación chilena, hacen que carezca de importancia si el ingreso al territorio nacional se hizo de forma regular o irregular, “razonando y teniendo en cuenta que la salida del país de origen o del lugar en que tenían residencia ha sido urgente y precaria y a veces el extranjero debió ingresar al país necesariamente en forma irregular”.

“Finalmente, debe tenerse presente que de los antecedentes del recurso se desprende que el amparado cuenta con familia en el territorio nacional, por lo que de mantenerse la decisión de la autoridad administrativa se ocasionará la separación de ella”, lo que se traduciría en una acción anticonstitucional.

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