Duro revés para el gobierno: Juzgado declara inadmisible querella contra “el pistolero de La Reina” y los excluye de la causa

La determinación de la jueza María Carolina Herrera se funda, entre otros elementos, en que los antecedentes de lo ocurrido no dan cuenta de que el imputado haya generado las alteraciones a las que la acción interpuesta por la delegación hacía mención.


El pasado 28 de febrero el gobierno, a través de la Delegación Presidencial, estampó querella en contra de Juan Carlos Aramayo, conocido como “el Pistolero de La Reina” y quien durante la jornada de este lunes fue detenido por personal de Carabineros.

Lo anterior, dado que durante la noche del 18 de febrero el sujeto percutó una serie de disparos contra señalética dispuesta en calle María Monvel, en la comuna de La Reina.

Pero aunque desde el Ejecutivo esgrimieron una serie de argumentos para hacerse parte en esta causa, con fecha 1 de marzo el 4° Juzgado de Garantía de Santiago resolvió declarar inadmisible la acción, excluyéndolos del caso.

Como argumentó la jueza María Carolina Herrera, porque entre otras cosas, los antecedentes de lo ocurrido no dan cuenta de que el imputado haya generado las alteraciones a las que la querella interpuesta por la delegación hacía mención.

Sostuvo, en ese sentido, que no se desprenden “del tenor de la presentación que los hechos investigados por el Ministerio Público -disparo injustificado, efectuado por un habitante identificado de la comuna de La Reina-, hayan alterado significativamente el orden público, impidiendo o perturbando severamente la regularidad de las actividades empresariales, laborales, educacionales o sociales o el debido funcionamiento de los servicios públicos o esenciales de la Región Metropolitana, o bien limitando gravemente el legítimo ejercicio de los derechos de los ciudadanos contenidos en la Constitución Política de la República, o finalmente generado en toda la población o en un sector específico de ella el temor de ser víctima de delitos de la misma especie, en circunstancias que el referido delito y el porte y tenencia ilegal de arma de fuego, al ser un delito de peligro no tiene un ofendido singularizado”.

De esta forma, la magistrada declaró inadmisible la querella estampada en representación de la delegada Constanza Martínez, “por carecer de legitimación activa”.

Hizo presente, además, “que los intereses de la sociedad están suficientemente resguardados con la actuación del órgano de persecución penal”, o sea, por el Ministerio Público.

La Reina también queda fuera

Un día antes de aquello, el 29 de febrero, la jueza Ximena Rivera también había resuelto desestimar la querella ingresada por la Municipalidad de La Reina, dado que no está autorizada para deducir acciones por el delito que se persigue en este caso.

“Si bien tienen la facultad de desplegar acciones tendientes a la defensa de la comunidad, no se le concede expresamente la facultad de deducir querella por un delito de disparos injustificados”, mencionó la profesional en su resolución.

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