Las razones de la Corte para declarar ilegal el funcionamiento de helipuerto de exministros Moreno y De Vicente en Huechuraba

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Imagen referencial

Según resolvió el tribunal de alzada, la plataforma de aterrizaje propiedad de Alfredo Moreno, Félix de Vicente, y del empresario Juan Riesco, deberá suspender sus operaciones hasta contar con "todas las autorizaciones administrativas, urbanísticas y municipales necesarias". La determinación fue catalogada como un triunfo por los vecinos de la población "El Barrero".


Como un importante triunfo fue catalogado el fallo que emitió recientemente la Corte de Apelaciones de Santiago respecto de las operaciones del Helipuerto Santiago, ubicado en la comuna de Huechuraba. Esto, porque tras una serie de alegaciones de vecinos que fueron recogidas en un recurso de protección interpuesto por el concejal Ignacio Silva (IND), el tribunal de alzada capitalino ordenó la suspensión de las operaciones de de dicha pista de aterrizaje.

De acuerdo con lo resuelto por la Octava Sala de la Corte, el funcionamiento de la plataforma -que es propiedad de una empresa constituida por dos exministros del expresidente Sebastián Piñera, Félix de Vicente y Alfredo Moreno, y del empresario Juan Riesco-, es ilegal y vulnera las garantías constitucionales de los residentes de la población “El Barrero”, por lo que se exigió detener su uso.

Y es que como se alegó por medio de la acción, patrocinada por el abogado Diego Navarrete del estadio Ortuzar, Vergara y Boetsch, el funcionamiento del recinto afectaba gravemente la vida de los vecinos. Junto con sostener que conculcaba su derecho a vivir en un espacio libre de contaminación (en este caso acústica), agregaban que el helipuerto constituía amenaza al derecho a la vida y la integridad física, y psíquica, “atendido el riesgo que impone un accidente de alguna de las aeronaves como también los peligros de almacenar grandes cantidades de combustibles en una zona de alta densidad poblacional”.

En atención a ello, y a otras consideraciones, el tribunal de alzada resolvió: “Se concluye que efectivamente se encuentran conculcadas las garantías constitucionales alegadas por la recurrente; por lo que existiendo ilegalidad en el funcionamiento del Helipuerto por una parte, y vulneración de las garantías protegidas por la acción cautelar por la otra, concurren en la especie los requisitos para acoger el recurso de protección impetrado”.

De esta forma, con miras a restablecer el imperio del derecho, los ministros ordenaron “suspender el funcionamiento del Helipuerto Santiago SpA hasta que la recurrida obtenga todas las autorizaciones administrativas, urbanísticas y municipales necesarias para ello, incluyendo la autorización del uso del suelo respectivo”.

Ante la resolución, el concejal Silva aseguró a La Tercera que “se estaba frente a una actividad comercial que se realizaba sin cumplir con la normativa y que afectó durante mucho tiempo la vida de nuestros vecinos. El triunfo y la satisfacción que tenemos es porque se hizo un acto de justicia, y también porque se llega a buen puerto pese a que había personas muy poderosas involucradas, lo que constituía un claro temor de los vecinos que se nos acercaban a decir eso”.

“Esto es como una vuelta a confiar en la justicia y una confirmación de que hay autoridades competentes que están preocupadas de los problemas reales de la gente y que ponen todas sus herramientas a disposición de la protección de la calidad de vida de los vecinos. Acá no hay ciudadanos de primera y de segunda categoría, entonces esto implica una satisfacción doble”, agregó el edil.

Las infracciones detectadas

Como explica el concejal, Helipuerto Santiago SpA operaba gracias a la Resolución 01/2018 del Departamento de Obras Municipales de la Municipalidad de Huechuraba de 26 de enero de 2018, la cual les otorgaba un permiso provisorio para operar por un plazo de tres años.

Sin embargo, el mismo se les habría renovado en atención a que contaban con convenios con instituciones públicas como Carabineros, Bomberos, hospitales y otros, como explicó el edil. Pero en la práctica, agregó Silva, el lugar sólo era ocupado por privados, por lo que a su juicio no había razones para que se les extendiera la autorización para operar.

A eso se debe agregar, además, que la pista estaba emplazada en un lugar que tenía un uso de suelo específico que no permitía el funcionamiento de un Helipuerto y que la empresa no acreditó contar con patente comercial vigente.

Por lo mismo, la Corte concluyó que no podía seguir operando hasta que se modifique el Plan Regulador comunal. “Corresponde señalar que, en tanto no se autorice el uso de suelo para incluir una pista de aterrizaje y hangar, para lo cual es necesario que se modifique el Plan Regulador de la Comuna de Huechuraba, el funcionamiento del Helipuerto es ilegal”, se lee en el fallo.

Hicieron presente, en el mismo sentido, que se constató que los vecinos de la zona sufrían las consecuencias de contaminación acústica, ya que el ruido que generaban las operaciones superaba los decibeles permitidos y fijados por la norma.

“La afectación de los niveles máximos de ruidos permitidos, además de amenazar o perturbar la salud física y mental de los vecinos, constituye también una vulneración al derecho de vivir en un medio libre de contaminación consagrado en el número 8 del artículo 19 de la Constitución, justamente por superar los límites máximos fijados por la autoridad ambiental”, argumentaron los ministros.

Ahora, de todas maneras, hay plazo para que la empresa pueda recurrir ante la Suprema buscando revertir lo dispuesto.

¿Quiénes utilizaban el recinto?

De acuerdo con información aportada durante el proceso judicial, el Helipuerto era utilizado mayoritariamente por privados.

Por ejemplo, entre el 1y el 19 de abril de 2019, la empresa Servicios y Arriendos Rotortec SpA, constituida por De Vicente Moreno y Matías Simonetti, registra 36 operaciones en dicha plataforma.

Asimismo, en igual periodo se registra una operación de Arriendos y Equipamientos Agrícolas Naltagua SpA, de Inmobiliaria e Inversiones el Roble, Sociedad de Inversiones La Piedra, Inversión e Inmobiliaria Set Limitada, Planella Ferrer, Agrícola Santa Graciela, entre otros particulares.

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