Justicia rechaza reclamo de ilegalidad de Servicio Civil por Ley de Transparencia

Se trata de la decisión que obliga entregar información respecto de la participación de María Eugenia Parra en ocho concursos públicos.




En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago desestimó un reclamo de ilegalidad presentado por el Servicio Civil en contra de la decisión del Consejo de la Transparencia de entregar información sobre los concursos realizados por la entidad seleccionadora.

Los ministros de la Novena Sala del tribunal de alzada, Juan Cristóbal Mera y Emilio Elgueta, además el abogado integrante Jaime Pavez, rechazaron en un fallo unánime el reclamo en contra de la decisión que obliga entregar información respecto de la participación de María Eugenia Parra Guerra en ocho concursos públicos.

El dictamen señala que "la información cuya entrega se está requiriendo al reclamante en la Decisión de Amparo impugnada, dice relación sólo con los puntajes asignados a la peticionaria en los procesos de selección en que participara para determinados cargos de la Administración Pública, a los que los evaluadores y el Consejo de Alta Dirección Pública, necesariamente debieron arribar en base a los datos o antecedentes de carácter personal proporcionados por ella misma, quien una vez que el órgano del Estado concluyó con los respectivos concursos, ha ejercido un legítimo derecho para conocer de la valoración que se hizo de sus aptitudes y condiciones".

"Conforme las disposiciones citadas precedentemente, no hay razones valederas para que concluidos los procesos de selección, la reclamante deniegue la entrega de la información pedida, cuya divulgación, comunicación o difusión, por otra parte, no está acreditado que produzca o producir un daño específico a determinados derechos o valores jurídicamente protegidos", agrega el documento.

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