¿Soy vocal de mesa?: Servel publicó la nómina de cara a los comicios del 10 y 11 de abril

Foto: AgenciaUno
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La nómina definitiva será dada a conocer el 27 de marzo.


El sábado 10 y el domingo 11 de abril se realizarán las elecciones de gobernadores regionales, alcaldes, concejales y convencionales constituyentes. Serán dos jornadas de votación con el fin de evitar aglomeraciones dada la pandemia de coronavirus que, si bien ha avanzado en su proceso de vacunación, este viernes registró su tercer peor día histórico con 6.604 casos positivos.

A tres semanas de los comicios -los primeros de este año que tendrá además primarias el 4 de julio y las presidenciales y parlamentarias el 21 de noviembre-, el Servel publicó este sábado 20 de marzo la nómina de personas designadas como vocales de mesa.

Para consultar si una persona fue designada vocal de mesa se debe ingresar al sitio web del Servicio Electoral (Servel) y dirigirse a la opción de Consulta de Datos Electorales. Allí se debe digitar el RUT completo sin puntos y a continuación se desplegarán todos los datos electorales.

La nómina definitiva de vocales de mesa será dada a conocer el 27 de marzo y quienes sean designadas en esta instancia no pueden presentar excusas. Aquellos que se ausenten de cumplir la labor, arriesgan multa por infracción electoral, la que va de 2 a 8 UTM ($79.500 a $318.000).

Vacunas

Tal como anunció hace unos días el ministro de Salud, Enrique Paris, quienes cumplan esta función están dentro de las personas priorizadas para ser inoculadas la próxima semana, así como el personal de apoyo como lo son los delegados y asistentes de la Junta Electoral y personal del Servicio Electoral.

Así, el lunes comenzarán los vocales entre los 51 y 56 años; el martes, los entre 45 y 50 años; el miércoles los entre 37 y 44 años; el jueves, los entre 27 y 36 años, y el viernes los entre 18 y 26 años.

¿Cuáles son las causales para excusarse como vocal?

Tras la publicación de la primera lista -este sábado 20 de marzo- el plazo para presentar excusas ante las Juntas Electorales es el 24 de marzo.

Estas pueden ser presentadas de forma presencial y vía correo electrónico, con los datos disponibles en el sitio del Servel.

Según el Artículo 49 de la Ley 18.700, los motivos para excusarse de las labores de vocal son las siguientes:

  • Tener 60 años o más.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, incluyendo a quienes trabajan en establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas (durante todo el período de gestación).
  • Estar entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700, -”No podrán ser vocales de mesas las personas que sean candidatos en la elección de que se trate, sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines”- o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar fuera del país o radicado en alguna localidad distante a más de 300 kilómetros del domicilio electoral.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, lo que debe ser acreditado con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

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