Corredora STF y socio piden “clemencia” en tribunales para anular multas por entregar información falsa al mercado

Ambas presentaciones detallan similares argumentos para cuestionar las sanciones de la CMF, las cuales califican de “desproporcionadas” y apelan a la “clemencia”. Pero también critican a la autoridad por ser “juez y parte” en el proceso, acusando que la resolución sancionatoria es “arbitraria e ilegal”. Asimismo, tanto la corredora como su socio y exgerente denunciaron que el regulador no tomó en cuenta el “máximo de colaboración” prestada durante la indagatoria y solo se otorgó “un somero reconocimiento”.


STF Capital Corredores de Bolsa y su socio y exgerente general, Luis Flores, presentaron dos reclamos de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que los sancionó por proporcionar información falsa al mercado, realizar operaciones ficticias y no cumplir con los índices de cobertura.

El regulador sancionó a la sociedad con una multa de UF 13.500 y la cancelación del Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores. Además, impuso al exgerente una multa de UF 10.800 y la inhabilidad temporal por cinco años para el ejercicio del cargo de director o ejecutivo principal en sociedades fiscalizadas por la CMF.

Ambas presentaciones detallan similares argumentos para cuestionar las sanciones, la cuales califican de “desproporcionadas” y apelan a la “clemencia”. Pero también critican a la autoridad por ser “juez y parte” en el proceso, acusando que la resolución sancionatoria es “arbitraria e ilegal”. Asimismo, tanto la corredora como su socio y exgerente denunciaron que el regulador no tomó en cuenta el “máximo de colaboración” prestada durante la indagatoria y solo se otorgó “un somero reconocimiento”.

A su juicio, otro elemento no desarrollado de manera prolija por la CMF son los alcances de la aplicación del artículo 58 del DL 3538, el cual se refiere a los beneficios que recibe un presunto infractor por su colaboración en la investigación.

“Un tema que debe ser desmitificado se refiere a la oportunidad para hacer uso del beneficio. Pues, contrario a lo que sostiene la CMF, nuestro legislador no distingue la etapa que permita la petición de clemencia, como lógica elemental de ese beneficio. Se exigen comportamientos que permitan sustentar esa medida y que finalmente sean reconocidas. Como se dijo, el encargado de colaboración de la unidad de investigación validó la solicitud dotándola de suficiencia y valor suficiente, en términos puros y simples, sin reparos, ni mucho menos dispuso sugerencias determinantes y que influyeran de manera negativa en la decisión final”, consignaron las reclamaciones patrocinadas por Felipe Barruel, socio de Barruel y Borzutzky Abogados.

Flores pidió la eximición total de la multa impuesta, o en subsidio una multa “proporcional y concordante a su situación patrimonial”. De manera subsidiaria a lo anterior, que se rebaje la multa impuesta en un 80% como reconocimiento de la delación y en caso de que no sean acogidas dichas peticiones, se disminuya la multa en 30%.

La corredora también pide la revocación de la multa en su totalidad y de manera subsidiaria una rebaja del 80% de acuerdo a la situación patrimonial. “Para el improbable evento que no se acojan las peticiones precedentes, se rebaje la multa, con arreglo a la ley, aplicando una rebaja prudencial equivalente a 50% o 30 %”, señala.

Además solicitó que no se le cancele su registro para operar e “imponer la suspensión por aplicación del artículo 36 de la ley 18.045 (1 año), por ser una norma pro reo, más favorable a la Corredora y a la realidad del caso concreto”.

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Según la corredora, “la Comisión desconoce, pese a que cita un escrito presentad por STF, téngase presente de fecha 27 de julio de 2023, que no cuenta con información para establecer la capacidad económica de la Corredora. Lo que no es efectivo. Para el día 16 de julio, cuestión conocida para la Comisión, el patrimonio de STF era de $ 3.500 millones”.

Por otro lado, Flores comparó su sanción con la que le aplicó la CMF al corredor Rodrigo Marín, de la Corredora Carlos F.Marín Orrego. “En su calidad de gerente general y socio de esa corredora, le fue impuesto como multa la cantidad de UF 3.000. Ese proceso es análogo al de don Luis Flores, con la salvedad que allí sí hubo infracción al mercado de manera efectiva por la concurrencia de más de 100 personas afectadas”, sostuvo su reclamo.

De igual manera, STF comparó su sanción con la que aplicó a la corredora Intervalores, a la cual también le fue cancelada la inscripción para operar. “En ese caso, se argumentó la nula colaboración de esa empresa como causa justificante de esa extrema medida”, acotó.

Además destacó que para cumplir con las exigencias que le impuso el regulador, a través de Sociedad Asesorías e Inversiones Manda SpA, debió aportar $504.184.334, e hipotecó su lugar de residencia.

En su presentación el ejecutivo sostuvo que “nunca negó la imputación” ni “la gravedad de la conducta”. Además, insistió en que no hubo un “beneficio económico” en las operaciones cuestionadas y desestimó un daño o riesgo causado al correcto funcionamiento del mercado financiero y de la fe pública.

“Sobre este punto no es posible subsumir ninguna situación de afectación, puesto que no existen reclamos directos de clientes, ni mucho menos de actores del mundo empresarial, financiero u otros, que manifestaran reparos, demandas u otros”, añadió.

En su reclamo también destacó que no contaba con sanciones previas en todas su carrera profesional, “manteniendo un comportamiento irreprochable”.

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