Justicia ordena a La Polar presentar licencias que le autorizan venta de ropa Adidas, Levis y Under Armour, pero no actas de directorio ni contratos

30 Noviembre 2022 Fachada tienda La Polar, retail, centro, ropa. Foto: Andres Perez

El 9° Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la solicitud de Conadecus en la que exigió a la multitienda presentar documentos en los que conste la autorización otorgada por las distintas marcas registradas, a través de su licenciatario o empresa matriz, para la importación y venta de prendas de vestir de las marcas Adidas, Columbia Sportswear Company, Under Armour y Levi’s.


Un nuevo giro tomó el caso de la presunta venta de ropa falsificada de La Polar, cadena ligada a Leonidas Vial y Anselmo Palma. El 9° Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la solicitud de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) en la que exigió a la multitienda la presentación de una serie de documentos en relación al caso de involucra a Adidas y Under Armour.

En su resolución la magistrada Lidia Poza del pasado 4 de enero de 2023 consignó que “atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 273 N°3 Código de Procedimiento Civil, decrétese la medida prejudicial de exhibición de los documentos solicitados al efecto”.

El pasado 27 de diciembre, la agrupación solicitó al tribunal que La Polar exhiba la autorización que le han otorgado las marcas: Adidas, Columbia, Under Armour y Levi’s para la importación, distribución y venta de sus prendas de vestir en Chile. Además, de facturas de compra, declaraciones de ingreso de Aduanas y facturas de servicio de almacenamiento y depósitos emitidas dentro de los últimos cinco años.

Por otro lado, el tribunal resolvió no acoger la petición planteada por la agrupación de consumidores que habría obligado La Polar a exhibir copia de los contratos con las marcas mencionadas y las actas de las sesiones del directorio de Empresas La Polar S.A. efectuadas durante los últimos cinco años en las cuales se abordó la adquisición de indumentaria y productos de las marcas mencionadas.

Según la resolución, La Polar debe presentar copia de los documentos en que conste la autorización otorgada por las distintas marcas registradas, a través de su licenciatario o empresa matriz, para la importación y venta de prendas de vestir de las marcas Adidas, Columbia Sportswear Company, Under Armour y Levi’s.

Asimismo, la multitienda debe presentar las facturas de compra, emitidas dentro de los últimos cinco años, en que conste la adquisición por parte de La Polar de vestuario, sea a vendedores, importadores, distribuidores o comercializadores nacionales o extranjeros de las marcas.

Además de exhibir copia de las declaraciones de ingreso de aduanas, de los últimos 5 años, en que La Polar declare el ingreso de vestuario de las marcas detalladas y los comprobantes que certifican los servicios de almacenamiento y depósito.

“La requerida y, de conformidad a como se resolverá en su oportunidad, deberá acompañar los documentos ordenados a exhibir por medio de un soporte electrónico que permita su debido resguardo y consulta por el tribunal y las partes”, consignó la resolución de la jueza Poza.

Hernán Calderón, presidente de Conadecus sostuvo que “estamos contentos, porque el tribunal nos da la razón al señalar que este es el procedimiento con el que se puede iniciar una demanda colectiva”. “La empresa ha dicho públicamente que todo está en orden y si es así que lo demuestre ante un tribunal. Si los documentos están correctos no habría que presentar demanda, pero si se niega a la exhibición, La Polar nos ratificará que los productos vendidos adolecen de la legitimización o son productos de segunda calidad”.

Origen del caso

Se trata del primer revés judicial de La Polar, luego que iniciara una ofensiva, asegurando que las acusaciones venta de ropa falsificada obedecerían a una campaña iniciada por las grandes marcas para evitar que sus productos sean vendidos en sus tiendas.

El origen de la disputa se remonta al 21 de septiembre de 2022, cuando Adidas interpuso una querella criminal por infracción a la Ley N°19.039 de Propiedad Industrial en contra del gerente de administración y finanzas de La Polar, Cristóbal Covarrubias, ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso. Ello, luego de que la Dirección Regional de Aduanas de Valparaíso ordenara la suspensión del despacho aduanero de 18.557 unidades de prendas de vestir con los logos y marcas registradas por Adidas, las cuales habían sido ingresadas al país por La Polar.

En ese contexto, el informe del fiscalizador Abelardo Arévalo advirtió que las unidades estaban “protegidas con bolsas de plástico sin rotulación de la marca en cuestión”, indicando un “logo estampado de baja calidad que además discrepa en su simetría” en relación con los modelos de la marca original.

Luego, el 22 de noviembre, carabineros de la Sección de Investigación Policial (SIP) incautó diversas prendas de vestir y artículos correspondientes a la marca comercial Under Armour Inc. en ocho sucursales y bodegas de la multitienda La Polar, cuyo valor de mercado se estimó en más de $18 millones. Lo anterior, se produjo a raíz de una resolución dictada por el primer Juzgado de Garantía de Santiago que autorizó la entrada, registro e incautación de los productos debido a una denuncia presentada al Ministerio Público por la marca deportiva Under Armour, quien denunció los delitos de falsificación y uso indebido de marca registrada en contra de La Polar. Carabineros incautó 57 polerones, 257 poleras y 366 pantalones de buzo, sumando un total de 680 prendas.

Frente al allanamiento, la multitienda emitió una declaración donde dijo que “descarta tajantemente la acusación, recalcando que todos los productos comercializados en tiendas La Polar son originales”, agregando, que los productos fueron comprados a distribuidores y fábricas internacionales autorizadas para la comercialización de dichos productos.

Sin embargo, en comunicados posteriores, La Polar detalló que adquiría prendas de vestir que corresponden a saldos de temporadas anteriores, comprados a proveedores internacionales para comercializarlos a precios más bajos. Este modelo de negocios se denomina “off price”, conocido comúnmente como las ventas de outlet.

El 29 de noviembre, La Polar presentó una demanda por competencia desleal en contra de Under Armour y Forus S.A., distribuidor o licenciatario autorizado de la marca Under Armour, ante el 22° Juzgado Civil de Santiago. En la acción sostuvo que las marcas mencionadas buscan la desviación de la clientela hacia otros competidores del mercado, a través de una estrategia comercial, judicial y mediática tendiente a ocasionar un “daño irreparable” en la reputación corporativa de La Polar.

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