Clínica Las Condes: CMF aclara a Karlezi que deberá comprar a prorrata todas las acciones que excedan lo ofrecido para la OPA

La mayor parte de las denuncias de la CMF han sido por entrega de información falsa.
La mayor parte de las denuncias de la CMF han sido por entrega de información falsa.

El regulador financiero realizó algunas observaciones al prospecto de la operación mediante la que Cecilia Karlezi busca tomar el control de la firma.




A 10 días desde que Lucec Tres, sociedad ligada a Cecilia Karlezi, informó a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que lanzará una Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA) para tomar el control de Clínica Las Condes, el organismo regulador formuló algunas observaciones al prospecto.

Una de ellas apunta al prorrateo de las acciones que excedan las 1.903.711 acciones que la sociedad de Karlezi se comprometió a comprar a $40.000 cada una, lo que equivale al 22,73% de la propiedad. De este modo, la empresaria quedaría con el 50,1% de participación de la compañía.

En ese sentido, en el prospecto que Lucec Tres entregó al regulador estipuló que en el caso de que las aceptaciones de la oferta realizada por la sociedad excedan la cantidad de acciones que se ofrecieron adquirir, según lo establece el artículo 208 de la Ley de Mercado de Valores, el oferente podrá comprar a prorrata de cada uno de los accionistas aceptantes. Para lo anterior, indicó la sociedad, aplicará el factor de prorrateo que resulta de dividir el número de acciones que se ofreció comprar por el número total de títulos que los accionistas de Clínica Las Condes acepten vender.

"Esta condición podrá ser renunciada por el oferente, quien podrá a su arbitrio acordar adquirir el todo o parte de las acciones comprendidas en las aceptaciones de la oferta que excedan de la cantidad de 1.903.711 de acciones emitidas por CLC", consigna el documento.

Sin embargo, la CMF le ordenó modificar estas condiciones.

"Lo anterior, por cuanto el inciso segundo del artículo 208 de la LMV dispone que 'si el número de acciones comprendidas en las aceptaciones de la oferta supera la cantidad de acciones que se ha ofrecido adquirir, el oferente deberá comprarlas a prorrata a cada uno de los accionistas aceptantes'. Así, el oferente tiene una obligación legal, no pudiendo dejar a su elección comprar unas y no otras", explicó el organismo fiscalizador.

El resto de las observaciones apunta a ámbitos procedimentales.

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