¿Me pueden exigir mostrar la boleta al salir de una tienda?

¿Pueden exigir la boleta al salir de una tienda? Foto referencial.

Consulta qué dice la Ley del Consumidor sobre esta práctica que puede ocurrir en supermercados o centros comerciales.


Una situación que se ha masificado en establecimientos comerciales, cuando un guardia solicita a un cliente que muestre su boleta luego de realizar sus compras, ¿es una petición válida?

Es el debate que se ha puesto sobre la mesa, ante una práctica que puede ocurrir en supermercados, tiendas de retail o centros comerciales.

¿Pueden pedir boleta al salir de una tienda?

No existe ninguna disposición o norma que faculte a los guardias de seguridad de empresas de retail a exigir la boleta de compra al salir de una tienda”, explica a La Tercera Fabián Paiva F., abogado socio fundador del estudio jurídico Matthews Paiva.

“Esto obedece a una condenable práctica de los comercios, quienes sin ninguna atribución o mandato legal que les permita exigir la boleta lo hacen, vulnerando la ley”, añade el profesional de matthewspaiva.cl.

Desde el Servicio Nacional del Consumidor indican que “a juicio del Sernac, esta exigencia podría generar estrés, dar pie a malos tratos, o dejar la puerta abierta a discriminaciones arbitrarias, lo que queda a criterio, en última instancia, del guardia que exige la boleta. Las empresas tienen derecho a tomar medidas de seguridad, pero siempre respetando la dignidad y derechos de las personas”.

¿Pueden exigir la boleta luego de comprar en una tienda? Foto referencial.

¿Qué puede hacer el cliente?

Según indica el abogado, es posible abstenerse o negarse a mostrar la boleta, “pues jurídicamente se transformó en propietario de los productos al momento de pago y nadie -sin justa causa- se encuentra facultado para ‘inspeccionar’ sus compras”.

Por su parte, según indica el Sernac a través de la Ley del Consumidor, quienes sean acusados de hechos ilícitos injustificadamente “deben exigir la presencia de la autoridad, a fin de que se inicie el procedimiento que corresponda, a fin de determinar si existió o no el delito que se le imputa”.

Si la empresa verifica la existencia de un delito, los guardias pueden retener a una persona, sin agredirla, con el objetivo de ponerla a disposición de las autoridades policiales competentes, donde se deberá probar su imputación.

“En caso de existir una conducta de este tipo y que no se verifique efectivamente, es decir, constituya una falsa acusación, el consumidor se encuentra facultado para iniciar acciones legales en contra del comercio”, aclara el abogado.

“En caso de que un consumidor sea maltratado, discriminado o acusado injustamente de cometer algún delito, como un robo o hurto, las empresas se arriesgan a multas de hasta 300 UTM, esto es, alrededor de $19 millones por cada infracción, además de las compensaciones que el tribunal determine en favor del consumidor afectado”, detalla el Sernac.

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