Diario Oficial publica ley que endurece penas a quienes usen a menores de edad para cometer delitos

Si una persona mayor de edad comete un delito con la intervención de una o más personas menores de 18 años y mayores 14, se excluirá el mínimo de la pena señalada y solo se puede aplicar la parte superior de la pena. Asimismo, cuando delito sea cometido por una persona mayor de edad, en compañía de uno o más menores de 14 años, se aumentará en un grado la pena al mayor de dieciocho años de edad.


El sábado 9 de abril, el Diario Oficial publicó la ley que endurece las penas y sanciones para quienes utilicen a menores para cometer estos hechos.

La ley se inició en dos mociones parlamentarias: una de los senadores José Miguel Insulza, Isabel Allende y Álvaro Elizalde, y otra de los senadores Manuel José Ossandón y Rafael Prohens.

En su minuto, Insulza explicó que “esto no es para castigar menores, sino que para castigar a los que delinquen con menores y disuadir a quienes quieran utilizar a menores en delitos”.

En concreto, si una persona mayor de edad comete un delito con la intervención de una o más personas menores de 18 años y mayores de 14, se excluirá el mínimo de la pena señalada y solo se puede aplicar la parte superior de la pena.

Asimismo, cuando un crimen o delito sea cometido por una persona mayor de edad, en compañía de uno o más menores de 14 años, se aumentará en un grado la pena al mayor de dieciocho años de edad.

Con todo, el consentimiento dado por el menor de dieciocho años involucrado en un eventual delito no eximirá al mayor de edad “de la aplicación de las reglas previstas en los incisos precedentes”.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.