Columna de Pilar Hazbun: “Derecho al olvido” en materia financiera



Hace algunos días comenzó a tramitarse en la comisión de Economía de la Cámara de Diputados, un proyecto de ley que pretende consagrar el “derecho al olvido” en materia financiera. Se trata de una moción parlamentaria, patrocinada por diputados de diferentes sectores políticos, que pretende obligar a las instituciones bancarias o financieras a eliminar de los registros históricos de deudas, información relativa a deudas u obligaciones respecto de las cuales hayan transcurrido cinco o más años desde que la obligación se haya hecho exigible. También, establece el deber de estas instituciones de justificar, fundadamente, la negativa a otorgar un determinado servicio o producto financiero, la cual bajo ningún respecto podrá fundarse en el registro histórico de deuda o morosidad del solicitante.

Desde un punto de vista jurídico, el proyecto presenta defectos y es poco preciso. Según su fundamento, “los registros históricos de deuda negativa funcionan en un sentido contrario al fundamento que inspira la institución misma de la prescripción (…) toda vez que implican la prolongación de una situación que desde el punto de vista jurídico ya es inexistente”. Sin embargo, no es que con la prescripción la situación, o mejor dicho la obligación, haya dejado de existir, sino que lo que se extingue es la acción para perseguir su cumplimiento. Así, se pretende introducir una excepción a la regla general de que la prescripción requiere ser alegada y declarada por sentencia judicial para que produzca sus efectos, proponiendo, en cambio, que las deudas se consideren prescritas por el sólo ministerio de la ley.

Asimismo, la iniciativa va en contra de la tendencia internacional en la materia que propicia que haya mayor información comercial y no menos, siendo la información negativa también relevante para el buen funcionamiento del sistema financiero y la facilitación del acceso al crédito a la población. Si no se cuenta con toda la información, aumenta el riesgo del negocio crediticio, lo que se traduce en la fijación de mayores tasas de intereses, costo que terminará siendo absorbido por todos los solicitantes de crédito. Además, con la señal que se entrega, se afecta negativamente el comportamiento de pago de los deudores y, a diferencia de otros proyectos que se han tramitado en el pasado, es más gravoso, puesto que busca derechamente la eliminación de datos.

Si lo que se persigue es beneficiar a los usuarios de productos o servicios bancarios y hacer frente al sobreendeudamiento de las personas, iniciativas como la que pretende crear un Registro de Deuda Consolidada, que se tramita actualmente en el Congreso, parece ser mucho más adecuada. Ésta plantea que determinados oferentes de crédito bancarios y no bancarios estén obligados a reportar información respecto de operaciones de crédito de dinero, creando un sistema centralizado que reúna toda la información proveniente de quienes otorguen créditos. La alternativa está sobre la mesa. ¿Queremos más o menos información?

Por Pilar Hazbun, coordinadora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de L y D

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