La Convención y los límites de su rol

Para efectos de no defraudar las expectativas ciudadanas en esta instancia, es fundamental que no se aleje de su objetivo central. El tono del debate, el alcance de algunos de sus reglamentos, o el papel que se busca en DDHH, no ayudan a este propósito.



La Convención Constitucional ha enterado su tercera semana de funcionamiento, período en el cual ha logrado dotarse de la orgánica fundamental, a la espera de poder contar con un reglamento permanente. Es así como ya se definieron las comisiones provisorias, así como la conformación de sus integrantes, entre otros varios aspectos.

A la par de la discusión sobre estos aspectos, también se han ido verificando intentos de algunos sectores por llevar a esta instancia a esferas que van más allá de su competencia, entrando en materias propias de la contingencia, o bien invadiendo facultades de otros poderes del Estado, tal como ocurrió con la declaración aprobada por la mayoría de la Convención, en que solicita la liberación de detenidos o condenados en el marco de la revuelta social.

La diversidad de miradas que existe al interior de esta instancia constituye uno de sus principales activos, y es ello lo que en buena medida sigue explicando la alta confianza ciudadana depositada en la Convención. Para efectos de que dicha confianza siga en pie y las expectativas no comiencen a decaer, es fundamental que este órgano se atenga estrictamente a su mandato y no quede capturado en polémicas estériles o que el objetivo de resaltar ciertos simbolismos termine desviando las materias de fondo. Un sondeo publicado por este medio indica que el 66% se siente más bien optimista respecto del proceso constituyente, mientras que un 34% está más bien pesimista. Si bien el nivel de optimismo sigue siendo muy elevado, hace un mes el 71% se encontraba en dicha postura.

Aunque esta baja dista de ser alarmante, convendría no desatender las señales que allí se pudieran estar empezando a insinuar, en cuanto a que el inconveniente tono de ciertos debates, o las fricciones que a ratos recuerdan el tipo de pugnas que tienen lugar en el Congreso, son justamente aspectos que van alejando el interés ciudadano.

Uno de los sellos de esta instancia ha sido su naturaleza paritaria así como la presencia de los pueblos originarios. Estas conquistas deben seguir profundizándose, pero resulta discutible que ello se logre por la vía de extremar estos criterios. En ese orden de cosas, las normas propuestas por la mesa para el uso de la palabra -tal que esta se concederá “siguiendo los principios de paridad, plurinacionalidad, pluralismo, plurilingüismo y acción afirmativa”- pueden resultar distorsionadores para efectos de la fluidez y ecuanimidad que requiere el debate, así como generar sentimientos de saturación en la ciudadanía.

El intenso debate que se dio en estos días a propósito del alcance que debe tener la nueva comisión de derechos humanos también dejó a la vista las pulsiones por dar a la Convención roles que van más allá de su cometido. Desde luego, ya se adelanta que existen miradas muy dispares sobre qué esferas deben entenderse comprendidas bajo los derechos humanos -ilustrativo fue, por ejemplo, las divisiones en torno a si los atentados en la Macrozona Sur constituyen o no una violación a las garantías fundamentales-, así como si le cabe a dicha instancia erigirse como una suerte de comisión de “verdad histórica”. La Convención no debería confundir la necesidad que desde ella se ilumine el debate constitucional sobre los derechos humanos, fundado en algún tipo de diagnóstico histórico, con asumir roles ajenos a ella, como abocarse al estudio y calificación de hechos ocurridos con ocasión del estallido social, por el evidente riesgo de polarización.

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