La falsa ilusión del royalty minero

Resulta un contrasentido que se está legislando a toda prisa un proyecto que, de prosperar, no rendirá ahora los recursos que se buscan para enfrentar la crisis, pero que en cambio tendrá efectos muy perniciosos sobre la actividad minera.



Recientemente, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó un proyecto que establece un nuevo royalty a la minería. Esta iniciativa -de cuestionable factura técnica- es una más de la extensa lista de proyectos que intentan dotar al Congreso de facultades que la actual Constitución no les confiere a los parlamentarios.

Utilizando la profunda crisis económica que ha vivido el país luego del estallido social y la pandemia, varios parlamentarios participan de una carrera por encontrar “soluciones” que involucran nuevos gravámenes, expropiación o cambios regulatorios con severos efectos económicos sobre algunos sectores. En este contexto se diseñó esta moción parlamentaria que busca aumentar los gravámenes a la industria minera justamente para financiar ayudas a las familias.

Justamente es en las motivaciones del proyecto donde ya subyace una de sus principales debilidades. Desde luego, se está intentando vender a la población una solución que los legisladores saben que no logrará recaudar los recursos que ahora se necesitan, pues el nuevo royalty se estrella con el hecho de que gran parte del sector minero goza de invariabilidad tributaria hasta al menos 2023, por lo que recién a partir de 2024 paulatinamente se podrán hacer uso de estos nuevos recursos, cuando probablemente el nuevo ciclo alcista del cobre vaya quedando atrás. Resulta entonces inexplicable que se esté tramitando con tanta celeridad un proyecto que en los hechos resulta inútil para los fines que dice perseguir, ilusionando irresponsablemente a la población, pero que sin embargo puede generar efectos muy perniciosos sobre la inversión, algo totalmente incoherente con el objetivo de lograr una pronta reactivación de la economía.

Tanto o más grave que lo anterior, es que los parlamentarios insistan en promover iniciativas que son abiertamente inconstitucionales. La gravedad de la situación económica o la eventual debilidad del Ejecutivo no son razones para actuar al margen de la institucionalidad. Es lamentable que, pese a la claridad con que el artículo 65 de la Carta Fundamental le concede solo al Presidente de la República iniciativa exclusiva para “imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza”, diputados incurran en estos vicios conscientes de su inconstitucionalidad.

En un contexto donde escasean los criterios técnicos al momento de diseñar políticas públicas -el nuevo royalty es una muestra elocuente de ello, pues sus impulsores no han presentado evidencia que desmienta las justificadas aprensiones que el gravamen supone para el futuro de la minería chilena- es valorable la disposición que ha mostrado cierta parte de la industria para generar instancias de diálogo a fin de buscar acuerdos en esta materia. Los legisladores deberían aprovechar estos puentes para buscar soluciones técnicas y sin vicios de constitucionalidad. No cabe descartar que tras una reflexión cuidadosa -para lo cual es indispensable que se convoque a un amplio abanico de voces expertas y a los distintos actores del sector-, se pudiera concluir que existe margen para un cambio en el actual régimen tributario, donde los beneficios recaudatorios superen al desaliento que podría tener en futuras inversiones. Ello supondría el diseño de una cuidada política pública, algo incompatible en el actual ambiente de populismo y con la excesiva premura con que se quiere legislar.

No cabe perder de vista que el proyecto aprobado por la Cámara establece un impuesto de 3% sobre las ventas de los minerales gravados y va subiendo en función del precio que tenga al momento de aplicarse el tributo. Esta modalidad perjudica con mayor fuerza a las empresas con márgenes operacionales menores -muchas de ellas pequeñas o con mayores tiempos de explotación de sus yacimientos-, y según cálculos del Ejecutivo podría duplicar (de un nivel en torno al 40% hasta un 80%) la carga tributaria del sector minero chileno, dejando a la industria local completamente fuera del mercado.

Si el Senado consintiera en seguir tramitando una iniciativa con evidentes problemas de legitimidad constitucional y con profundos efectos sobre el desarrollo de la minería, sin buscar corregir estos graves defectos, estaría renunciando a su rol estabilizador y consintiendo en que se profundice la horadación institucional.

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