Fiscalía tras revocación de prisión preventiva de Andrade y Contreras: “No ha existido ninguna colaboración sustancial” de los imputados

Audiencia de revisión de cautelares de Daniel Andrade y Carlos Contreras, en Antofagasta, en el marco del caso Democracia Viva.
Audiencia de revisión de cautelares de Daniel Andrade y Carlos Contreras, en Antofagasta, en el marco del caso Democracia Viva. Foto: Camilo Alfaro / Agencia Uno.

El fiscal regional Juan Castro Bekios, junto al persecutor Cristian Aguilar, destacó que pese a esta resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, el delito y la calificación del mismo no fueron modificados por el tribunal de alzada.


Luego de que esta jornada, en el marco del caso Democracia Viva, la Corte de Apelaciones de Antofagasta decidiera revocar la prisión preventiva de Carlos Contreras y Daniel Andrade por arresto domiciliario total y arraigo nacional, desde la Fiscalía Regional de Antofagasta, descartaron que los imputados hayan prestado cooperación en la investigación que lleva adelante el Ministerio Público por los delitos de fraude al fisco reiterado.

Los imputados alcanzaron a estar 75 días en la cárcel de Antofagasta por su presunta responsabilidad en el fraude de $426 millones que fueron a parar desde la Seremi de Vivienda de Antofagasta -cuando era liderada por Contreras-, hasta la fundación Democracia Viva, la que era representada por Andrade. Ambos eran militantes del partido oficialista Revolución Democrática (RD).

Bajo ese contexto, el fiscal Cristian Aguilar Aranela, descartó que los imputados hayan prestado cooperación con la investigación para optar a un cambio en las medidas cautelares.

“Como dijimos en los alegatos, nosotros estimamos que no ha existido ninguna asistencia o colaboración sustancial en los términos que la ley establece para encontrarnos frente a esa atenuante. Además, dijimos que ese era un tema de fondo que correspondía ofrecer al tribunal oral en la audiencia de juicio oral, sin embargo, esos argumentos no fueron tenidos en cuenta por la corte y está dentro de las posibilidades de todo procedimiento penal”, afirmó el fiscal Aguilar luego de conocerse la resolución dictada por el tribunal de alzada.

En ese sentido, el persecutor tampoco descartó que Andrade y Contreras puedan volver a prisión preventiva, de conocerse nuevos antecedentes en el curso de la investigación.

“Las medidas cautelares son totalmente temporales y provisorias, lo que significa que con nuevos y mejores antecedentes distintos, se pueda debatir por parte de la fiscalía una solicitud de modificación de cautelares”, señaló Aguilar, quien añadió que el plazo de la investigación permitirá realizar todas las diligencias pendientes.

Desde el Ministerio Público también se informó que Carlos Contreras declaró durante tres días, mientras que Daniel Andrade aún no presta declaración, para lo cual aún no hay una fecha fijada. En tanto, la concejala Paz Fuica, declaró esta jornada, “asistida por sus dos abogados defensores y dio su versión de los hechos y se agrega a la carpeta de investigación”, dijo Aguilar.

Delito no cambia

Por su parte, el fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, destacó que pese a la resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta en lo que respecta a medidas cautelares, el delito y la calificación del mismo no fueron modificados por el tribunal de alzada.

Al respecto, sostuvo que en la resolución del tribunal de alzada existen elementos importantes a distinguir “Por una parte, respecto de lo que dice relación con la existencia del delito y la calificación jurídica, la Corte mantuvo el pronunciamiento que ya había tenido el tribunal de Garantía de Antofagasta en su oportunidad (…) de que los hechos que están siendo investigados (…) son constitutivos de delitos de fraude al fisco. Esa es la calificación jurídica, la calificación se mantiene y al mantenerse, entendemos que son delitos de fraude al fisco reiterados y que en esos hechos, ambos imputado, que se ha mantenido hasta el día de hoy, le corresponde participación en calidad de autores”, sostuvo Bekios.

Y añadió que “por otra parte, respecto de la necesidad de cautela donde la postura del Ministerio Público, es y ha sido, la de que nosotros entendemos de que constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad, por la gravedad de la pena asignada al delito que nosotros hemos esgrimido, la Corte de Apelaciones de Antofagasta, no estuvo en esta oportunidad de acuerdo con la postura del Ministerio Público ni de la de los querellantes, estimando que en esta oportunidad la prisión preventiva podía ser modificada por una medida cautelar distinta”.

“Cuando hablamos de la gravedad de la pena asignada al delito, uno es la pena que es una pena de crimen, pero detrás de la gravedad de la pena asignada al delito, lo que está detrás, en el fundamento desde nuestro punto de vista, es que estos delitos son graves por los bienes jurídicos que afecta”, explicó el persecutor.

“Cuando hablamos de fraude al fisco hablamos de delitos que son pluriofensivos que no solo ofenden el patrimonio, sino que también ofenden la propiedad pública”, añadió y afirmó que “nosotros estimamos que la ofensa a esos bienes jurídicos constituye en estos delitos, son delitos de gravedad y el legislador ha estimado también que son delitos graves, por eso que al delito de fraude al fisco se le asigna pena de crimen”.

Asimismo, se señaló que la investigación ya acumula 23 tomos, los que pudieran aumentar a la hora del juicio oral.

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