Columna de Aldo Madariaga y María Pardo: “Responsabilidad fiscal” en la nueva Constitución: ¿hipotecando el futuro?

VICTOR HUENANTE/ AGENCIAUNO


El Partido Republicano presentó una propuesta para establecer límites al endeudamiento público en el proyecto de nueva Constitución (enmienda 95/4). Se introducen restricciones, límites máximos, y se imponen quórums agravados, tanto para permitir a los gobiernos endeudarse, como para modificar los límites.

Esta es una mala propuesta desde un punto de vista jurídico, político, económico y socioambiental.

Jurídicamente, es una propuesta que desconoce el funcionamiento actual de las reglas del régimen financiero público, no incorpora las reglas que se consideran en la elaboración del presupuesto nacional (ej. la regla del balance cíclicamente ajustado o la regla de responsabilidad fiscal) y omite la existencia de órganos técnicos que participan en la definición del presupuesto (ej. el Consejo Fiscal Autónomo y otros que operan en la órbita de la DIPRES). La propuesta tampoco considera los efectos que pueda producir en diversos sectores económicos. Si todo “endeudamiento público” se somete a estas reglas, debe entenderse comprendido en la deuda pública directa e indirecta, así como los compromisos financieros derivados de la aplicación de disposiciones legales o contractuales que generen “pasivos contingentes” (artículo 40 del DL 1273 de 1975). Dentro de estos últimos se encuentran compromisos sociales tan relevantes como las pensiones básicas solidarias de vejez y las pensiones de invalidez; pero también compromisos estatales en materia de concesiones como las garantías otorgadas en infraestructura y los ingresos mínimos garantizados a las concesionarias (Ley de Concesiones de Obras Públicas). Tampoco considera el posible impacto de dicho cambio en el funcionamiento mismo de la Administración del Estado y de las Empresas Públicas, particularmente Codelco.

Políticamente, es una propuesta que va a contrapelo de las necesidades de la política económica y que puede terminar siendo letra muerta. El análisis de la experiencia de reglas fiscales europeas instituidas en el tratado de Maastricht es clara: dichas reglas no evitaron que los países más endeudados inventaran subterfugios para burlarlas; tampoco evitaron que países que tenían bajos niveles de deuda cayeran en problemas de deuda después de la crisis; y sobre todo, fueron un obstáculo a la hora de implementar políticas para enfrentar la crisis. Esta rigidización de la política económica en un contexto en que se necesita cada vez mayor flexibilidad para enfrentar recurrentes crisis, los riesgos financieros derivados del cambio climático y otros shocks como la pandemia, es particularmente preocupante.

Económicamente, es una propuesta que desconoce la historia pasada y reciente de los países desarrollados y da la espalda a la investigación empírica. Cuando tenían menos ingresos que ahora, los países desarrollados recurrieron a la deuda para enfrentar inversiones en educación, salud, infraestructura y desarrollo tecnológico que cimentaron su camino al desarrollo . En la misma línea, estudios recientes han desbancado el mito de que ciertos niveles de deuda afectan el crecimiento económico. Por el contrario, la evidencia sugiere que sí hay una fuerte relación entre límites al endeudamiento y reducciones de inversión pública.

Finalmente, es una mala propuesta en términos socioambientales. Las demandas sociales insatisfechas -pensiones, salud, educación, seguridad pública- y los efectos del cambio climático requerirán de mayor gasto en el futuro cercano. Respecto al cambio climático en particular, los expertos han enfatizado que cuanto antes se hagan las inversiones necesarias en adaptación y mitigación -por ejemplo, en infraestructura- menores serán dichos efectos sobre las finanzas públicas. Por el contrario, limitar la inversión pública llevará a retardar las necesarias inversiones, exacerbar dicha necesidad y consiguientemente, a mayores costos de endeudamiento.

En suma, la responsabilidad fiscal no pasa únicamente por mantener una deuda pública en niveles razonables, sino también, por otorgar a los gobiernos flexibilidad para cumplir con su mandato y las herramientas que permiten hacer inversiones necesarias para el desarrollo del país.

Por Aldo Madariaga, académico UDP y COES, y María Pardo, académica U. Católica del Norte y consejera constitucional

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