Columna de Álvaro Ortúzar: Delitos económicos: CPC vs. gobierno y Congreso



La Ley de Delitos Económicos está siendo revisada por el Tribunal Constitucional. Este control es el que se denomina preventivo porque se examina el texto de la ley antes de promulgarse, de modo que no contenga ninguna vulneración a las reglas fundamentales. Con mayor razón, desde luego, si se trata de confrontarla con las garantías y derechos de que gozan todas las personas. Para cualquiera es evidente que ninguna ley puede atropellar una garantía constitucional o hacerla ilusoria. Nuestro sistema jurídico permite que quien pudiera ver menoscabado, perturbado o privado su derecho por una ley que amenaza con tal agravio, tiene tutela constitucional para que el Tribunal analice los defectos en el proyecto. Una democracia que respeta los derechos de las personas permite corregir una norma legal que los lesiona.

Pues bien, el órgano que reúne a las empresas -CPC- ha ejercido su derecho al examen preventivo. Sin embargo, su presentación le ha valido un reproche del gobierno y parlamentarios que, en realidad, reprueban el sistema de prevención. Para éstos, el que la ley haya tenido una aprobación “transversal” es indicio de que el soberano (el pueblo) ha hablado a través de sus legítimos representantes, por lo que no cabría a otro órgano del Estado -Tribunal Constitucional- revisar lo ya decidido. Incluso se ha recordado que esta no es la primera vez que un proyecto de ley se torpedea recurriendo al Tribunal Constitucional; en efecto, ya lo fue con el proyecto conocido como el “Sernac con dientes”, tan transversal como el proyecto de delitos económicos. La comparación, sin embargo, es buena, pues precisamente sirve para apreciar cuán importante es el examen preventivo de constitucionalidad. En el caso del Sernac, lo que hacía el proyecto era transformar un órgano administrativo en un tribunal, porque le permitía sancionar sin un justo juicio. Era acusador y parte interesada y, como autoridad, decidía sobre la materia. En el hecho, el Estado podía actuar con total discrecionalidad y arbitrariedad. El punto de conexión con la Ley de Delitos Económicos es que, como ocurrió con la del Sernac, pudiera estar inspirada en algunos casos de mala gestión empresarial. La CPC sospecha que se trata, en el fondo, de un juicio a la actividad económica y una cierta odiosidad hacia el empresariado. Y así como el “Sernac con Dientes” consistía en la creación de un “súper fiscalizador” con poderes para decidir por sí y ante sí lo que era contrario a los intereses de las personas, en la Ley de Delitos Económicos, si siguiera una eventual lógica represiva, crea figuras delictuales sin clara tipicidad y graves penas. La protección de los intereses sociales es de la esencia de una democracia. El peligro es que en su nombre se transgredan los derechos individuales. El TC es una buena instancia para discutirlo.

Por Álvaro Ortúzar, abogado

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