Estado de catástrofe: designan jefes de Defensa para regiones afectadas por sistema frontal

Residentes de la Región del Maule fueron evacuados por las fuertes precipitaciones.

Tres generales de brigada del Ejército y un contraalmirante de la Armada fueron nombrados para coordinar las acciones -en el marco del estado de excepción, que se extenderá por siete días- destinadas a enfrentar las fuertes lluvias en las regiones de O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío.


Tres generales de brigada del Ejército y un contraalmirante de la Armada fueron nombrados como jefes de Defensa Nacional en el marco del estado de catástrofe declarado esta jornada por el gobierno en las regiones de O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, debido a la gran afectación que se ha registrado en algunas zonas producto del sistema frontal que se registra en la zona centro sur del país.

La medida de excepción, que se extenderá por siete días, se da en momentos en que desde el gobierno han informado que, hasta esta tarde, las intensas precipitaciones y las consecuentes crecidas y desbordes de ríos dejaban dos personas fallecidas, 1.276 damnificados, 567 albergados, 33.445 aislados y 32.728 personas evacuadas.

Asimismo, el estado de excepción responde a las consecuencias de este fenómeno, que incluye, además, restricciones de tránsito en rutas, alteración y suspensión de servicios básicos, suspensión de clases, alteración de conectividad en rutas y cierre de pasos fronterizos, entre otras cosas.

Asimismo, el decreto supremo por el cual se adopta la medida indica que, además, influye en la decisión el pronóstico de la Dirección Meteorológica, que señala que a partir de la tarde de este lunes se esperaba el ingreso de un segundo sistema frontal en la misma zona geográfica.

“Se ha verificado la necesidad de que los distintos organismos públicos lleven a cabo, rápida y eficientemente, los trabajos de respuesta que se requieran, tanto durante su ocurrencia como en la posterior recuperación de las zonas y de las personas afectadas por aquel -ya sea en sus bienes como en su integridad-, a través de planes y acciones, lo cual implica, necesariamente, la expedita disposición de personal y recursos materiales del Estado para atender debidamente la emergencia”, indica el texto.

Así, se nombraron cuatro jefes de Defensa Nacional, uno por cada región afectada por el decreto, para liderar la situación en terreno.

Así, para la Región de O’Higgins fue nombrado el general de brigada del Ejército Juan Solari Valdés; para la Región del Maule, el general de brigada Patricio Carrillo Abarzúa; para la Región de Ñuble, el general de brigada Jorge Salinas Schlack, y para la Región del Biobío, el contraalmirante de la Armada Daniel Muñoz Miranda.

En el decreto, se señala que tales autoridades asumirán “el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad que se encuentren en la zona declarada para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, especialmente la de los respectivos delegados presidenciales regionales y de los integrantes del Comité para la Gestión de Riesgo de Desastres (COGRID) de cada región”.

Estado de catástrofe

La declaración del estado constitucional de catástrofe fue informada durante la mañana de este lunes desde Linares el Presidente Gabriel Boric, quien señaló que esta medida “permite una mayor facilidad y fluidez de los recursos con todos los resguardos necesarios”.

De acuerdo a la Constitución, el Jefe de Estado puede decretar el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en caso de calamidad pública. La Constitución y la Ley N°18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción, regulan su aplicación, se informa en una página de gobierno.

Con ello, el Mandatario designa a un Jefe de la Defensa Nacional para quedar a cargo de las zonas señaladas o, como en este caso, un Jefe de Defensa por región.

¿Qué medidas se pueden adoptar en estado de catástrofe? Se pueden restringir las libertades de locomoción y de reunión, disponer las requisiciones de bienes, establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad y adoptar todas las medidas extraordinarias de carácter administrativo que sean necesarias para el pronto restablecimiento de la normalidad.

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