Eduardo Rodríguez Veltzé: "El derecho internacional no tiene el vigor para resolver las consecuencias derivadas de conflictos asimétricos"

Rodríguez
Foto: La Tercera/Archivo

Agente de la demanda boliviana señaló que ahora "es un desafío para los líderes y la diplomacia de ambos países" lograr un acercamineto.


Aún permanece en La Haya, luego del fallo en el que la Corte Internacional de Justicia rechazó, el lunes pasado, la demanda con la que Bolivia buscaba obligar a Chile a negociar un acceso con soberanía al océano Pacífico.

El agente paceño que lideró ese caso, Eduardo Rodríguez Veltzé, dijo ese día que la sentencia no representa un "candado" para la intención boliviana de lograr ese objetivo. "No hay candado (...) Esta decisión no está eliminando la pretensión de Bolivia de reivindicar un acceso", señaló, según consignó el diario Los Tiempos.

Pero ahora va más allá. Al volver a conversar con La Tercera -anteriormente lo hizo, previo al fallo- advierte que la decisión del tribunal internacional demuestra que el derecho internacional no es suficiente para resolver lo que califica como "consecuencias derivadas de conflictos asimétricos".

El planteamiento lo hace, además, a dos semanas de que tenga que volver a encontrarse cara a cara con el presidente de la Corte de La Haya, el próximo 17 de octubre, en la reunión a la que fue citado para resolver la próxima fase del otro juicio con Chile que también tiene a su cargo: el litigio por el uso de las aguas del Silala. En esa cita coincidirá, además, con la agente chilena, Ximena Fuentes.

¿Qué le pareció el fallo?

Es una decisión injusta con Bolivia y desafecta con el espíritu de solución pacífica de controversias que promueve la Carta de las Naciones Unidas. El rechazo por la corte del valor legal que entrañan los argumentos presentados por Bolivia ha seguido una rutina de verificación de aspectos esencialmente formales, pero sin profundizar aspectos sustantivos, incluyendo aquellos del contexto de las relaciones entre ambos estados y, sobre todo, la trascendencia de un arreglo negociado de buena fe. Esta decisión confirma la percepción de que el derecho internacional todavía no tiene el vigor para resolver todas las consecuencias derivadas de conflictos asimétricos en los que fue el poder del victorioso, y no precisamente el derecho internacional, el que impuso sus condiciones.

¿Usted también interpreta el párrafo 176 como una invocación o llamado de la corte a que ambos países sigan abordando el tema del mar?

Sí, los párrafos 175 y 176 son explícitos en destacar la larga historia de intentos de diálogo, intercambios y negociaciones sobre la mediterraneidad de Bolivia, y que si bien no convencieron a la corte sobre la existencia de una obligación de negociar, el fallo no impide a las partes continuar con ellos en un espíritu de buena vecindad.

Ese párrafo dice que eso dependerá de la voluntad de ambas partes. ¿Cómo lograr un acercamiento entre ambos países?

Es un desafío para los líderes y la diplomacia de ambos países.

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