Corte Suprema condena a Miguel Krassnoff y a ex agentes de la DINA por secuestro de Carmen Bueno y Jorge Müller

Miguel-Krassnoff
En la imagen, Miguel Krassnoff.

La pareja de cineastas fue secuestrada en noviembre de 1974. Ambos fueron objeto de torturas en los centros de detención política Villa Grimaldi y Cuatro Álamos. Desde mediados de diciembre de 1974 permanecen como desaparecidos. Con la sentencia emanada desde el máximo tribunal, Krassnoff suma 1047 años de condena por crímenes de lesa humanidad.


El pasado viernes, la Corte Suprema ratificó la condena dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de los ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Miguel Krassnoff Martchenko, Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y César Manríquez Bravo como autores del delito de secuestro calificado de los cineastas Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Müller Silva.

El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia emitida anteriormente por la Corte de Apelaciones. “(...) ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”, dice la resolución. De esta manera, los autores del secuestro deberán cumplir 20 años de presidio.

Con ello, el brigadier (r) del Ejército, Miguel Krassnoff, suma 1.047 años de condena por crímenes de lesa humanidad.

Asimismo, otros 22 ex-agentes de la DINA fueron condenados a 12 años de presidio como coautores del delito:

  • Orlando Manzo Durán,
  • Manuel Andrés Carevic Cubillos,
  • Alejandro Francisco Astudillo Adonis,
  • Sylvia Teresa Oyarce Pinto,
  • Gerardo Ernesto Godoy García,
  • Manuel Heriberto Avendaño González,
  • Nelson Aquiles Ortiz Vignolo,
  • Silvio Antonio Concha González,
  • Pedro Ariel Araneda Araneda,
  • Luis Rigoberto Videla Inzunza,
  • Jorge Segundo Madariaga Acevedo,
  • Teresa del Carmen Osorio Navarro,
  • José Abel Aravena Ruiz,
  • Rosa Humilde Ramos Hernández,
  • Pedro René Alfaro Fernández,
  • Luis René Torres Méndez,
  • Jerónimo del Carmen Neira Méndez,
  • Palmira Isabel Almuna Guzmán,
  • Carlos López Inostroza,
  • Hugo del Tránsito Hernández Valle,
  • Francisco Maximiliano Ferrer Lima,
  • Fernando Eduardo Lauriani Maturana

Adicionalmente, se ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a la hermana demandante de Carmen Bueno.

Carlos Arriagada Müller, sobrino del cineasta, valoró la sentencia. “Esto es un pedacito de justicia que viene de alguna forma a valorar el que efectivamente esto pasó. Como familia vivimos esa discriminación que tuvo efectos secundarios atroces que vivimos dentro de propia familia extensa, en la que hubo negación que esto hubiera ocurrido, que hubo silencio de parte de tanta gente. Entonces, obviamente esto es un espacio que nos permite abrir una reivindicación, en el sentido de que se reconozca”, dijo, según recogió Diario UChile.

“El punto es lo que puede hacer la justicia que te repare algo. Diría que en eso no hay dinero, no hay sentencia, no hay nada que pueda reparar el daño que se hizo a nuestra familia”.

Corte Suprema condena a Miguel Krassnoff y a ex agentes de la DINA por secuestro de Carmen Bueno y Jorge Müller. En la imagen, Carmen Bueno y Jorge Müller. Foto: Villa Grimaldi.

Las desapariciones de Carmen Bueno y Jorge Müller

De acuerdo con lo informado por el máximo tribunal, la sentencia en primer grado estableció que la pareja de cineastas perteciente al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fueron detenidos el 29 de noviembre de 1974 en calle Francisco Bilbao con los Leones por agentes de la DINA.

Posteriormente, ambos fueron trasladados en una camioneta C-10 al recinto de tortura “Villa Grimaldi”. ubicado en La Reina. Tras su paso por Villa Grimaldi, Bueno y Müller fueron redirigidos a otro centro de detención política y de tortura, denominado “Cuatro Álamos”.

“Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros”, estableció la sentencia.

La última vez que fueron vistos con vida fue a mediados de diciembre de 1974. Desde esa fecha, ambos permanecen como desaparecidos.

El nombre de Carmen Bueno apareció en julio de 1975 en el listado de 119 personas difundido por la prensa nacional. En las publicaciones que circularon por esos días se aseguró que los 119 murieron en enfrentamientos armados causados por rencillas internas del MIR. Tras fuertes cuestionamientos a esta versión, se descubrió que el supuesto enfrentamiento armado no ocurrió y que se trató de un montaje elaborado por la DINA y propagado por los medios de comunicación.

“Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior”, consignó el fallo.

Corte Suprema condena a Miguel Krassnoff y a ex agentes de la DINA por secuestro de Carmen Bueno y Jorge Müller. En la imagen, Jorge Müller y Carmen Bueno. Foto: Villa Grimaldi.

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