Segunda Sala del TC acoge a trámite requerimiento de Raúl Guzmán y rechaza de manera unánime suspender el proceso penal en su contra

Tribunal constitucional 2

Luego de esta resolución, la fiscal regional del Biobío, Marcela Cartagena, no tiene ningún obstáculo para continuar con la formalización del secretario del Senado la cual quedó fijada para el 19 de noviembre. Ahora el recurso deberá entrar en su trámite de admisibilidad.


La Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) —integrada por los ministros María Luisa Brahm, Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo y María Pía Silva— vieron hoy el recurso de inaplicabilidad que ingresó ayer la defensa del secretario del Senado, Raúl Guzmán.

Tras analizar los antecedentes, la sala resolvió acoger a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el exfiscal regional. Sin embargo, respecto de la suspensión de la gestión pendiente, en este caso la investigación penal en su contra que lleva la fiscal regional del Biobío Marcela Cartagena, los ministros estuvieron por rechazar dicha opción.

En igual sesión se acordó, por unanimidad, denegar la solicitud de suspensión del proceso penal que se sigue contra el requirente”, informó un comunicado despachado por el TC. De esta manera, la fiscal Cartagena no tiene ningún obstáculo para seguir en su indagatoria y el TC dio luz verde para que se pueda dar curso a la formalización en contra de Guzmán por su eventual responsabilidad penal en la infracción al artículo 318 del Código Penal que establece el ilícito contra la salud pública.

Guzmán será formalizado el 19 de noviembre en el 11º Juzgado de Garantía de Santiago y los hechos que indaga el Ministerio Público apuntan a una infracción a las normas sanitarias luego de almorzar, junto con otros dos abogados de la fiscalía Metropolitana Sur, en un restaurante de la comuna de San Miguel en plena cuarentena.

La decisión de no suspender fue unánime. El hecho es relevante debido a que dos ministros de esa sala —Letelier y Pozo— fueron parte del voto de mayoría que en otro caso distinto a este estuvieron por acoger y declarar inaplicable por inconstitucional la pena de presidio que contempla el delito del artículo 318. Ahora el recurso deberá enfrentar su trámite de admisibilidad.

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