Llaman a aprobar proyecto que penaliza el grooming

La iniciativa se vota en segundo trámite este martes en la Cámara de Diputados y, a través de ella, se busca sancionar el acoso sexual a menores a través de medios informáticos.




El su calidad de autor del proyecto de ley que penaliza el acoso sexual a menores a través de internet, el diputado Marcelo Díaz (PS) llamó a aprobar la iniciativa que será revisada hoy por la Cámara de Diputados en segundo trámite.

El parlamentario socialista –quien presentó el proyecto de ley en 2008 junto al diputado Patricio Walker- dijo que es urgente llenar el vacío legal que posibilita hoy que delincuentes acosen y hostilicen a menores de edad a través de la web.

"A través de este proyecto buscamos llenar un vacío evidente de nuestra legislación. Pero esto no es suficiente sin una actitud de permanente vigilancia de parte de los padres y la comunidad frente al acceso de nuestro menores a herramientas como internet", dijo el parlamentario socialista, quien sostuvo que la proliferación de redes sociales como Facebook, Twitter y Fotolog generan beneficios, pero también exponen a los menores a la acción de inescrupulosos.

Desde esta perspectiva, el parlamentario citó un reciente estudio de la subsecretaría de Investigaciones que da cuenta de que el 90% de quienes están en las redes sociales pueden ser encontrados y, eventualmente, ser objeto de acoso.

SANCIONES
La iniciativa legal propuesta incorpora una nueva hipótesis para castigar el envío, exhibición y entrega de imágenes de menores a través de internet. Amplía las hipótesis de violación, estupro y delito de amenazas. Además castiga "delitos a distancia" a través de medios electrónicos  con la misma pena de aquel que se realiza en presencia del menor.

La iniciativa también castiga la suplantación de identidad e incorpora dentro del concepto de material pornográfico la representación de menores en que se emplee su voz o imagen, con fines de excitación sexual.

La moción aumenta de seis meses a un año la norma que obliga a las empresas proveedoras de servicios de Internet de mantener el registro de las conexiones IP. Y, asimismo, señala que los establecimientos que ofrezcan al público servicios de acceso a internet deberán mantener, en carácter de reservado, un registro de los usuarios no inferior a un año, con su nombre, cédula de identidad, fecha y hora del servicio e individualización del equipo que se utilizó.

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