"Gratis". Ese fue el término que repetidamente se escuchó el sábado 24 de agosto, a la salida del Tercer Tribunal Oral de Santiago. Allí se leyó la sentencia en contra de Nelson Fariña Jara (36), quien, con una alcoholemia que marcó 2,05 gramos de alcohol por litro de sangre, fue hallado culpable del accidente de tránsito que el 20 de enero le costó la vida a Emilia Silva, de nueve meses, en Vitacura.
Esta palabra, utilizada entre otros por Benjamín Silva, padre de la menor, aludía a la condena de Fariña: dos años de libertad vigilada, gracias a que no tenía antecedentes y a que, según el juez Carlos Carrillo, "reconoció los hechos y su responsabilidad en ellos".
"No puede ser que la vida de mi hija valga dos años de prisión remitida", dijo entonces Carolina Figueroa, madre de Emilia, encendiendo el debate público sobre el grado de las penas para este tipo de ilícitos y, sobretodo, la forma como se cumplen los castigos.
Mientras el proyecto conocido como ley Emilia, que busca endurecer las sanciones y aumentar las condenas con prisión efectiva, entrará esta semana a su tercer trámite legislativo, una estadística del Poder Judicial entrega una radiografía del tema.
De acuerdo a estos antecedentes, entre enero y agosto de 2013, un total de 343 causas por manejo en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, con resultado de muerte o lesiones graves, han sido objeto de resoluciones judiciales.
De éstas, 109 casos -que involucraron la muerte de 20 personas- terminaron con una sentencia mediante un juicio o procedimiento abreviado. El resto finalizó con otro tipo de salida judicial, como abandono de querella o sobreseimiento.
En cuanto a las sentencias, una sola persona fue declarada inocente, mientras que 108 imputados fueron hallados culpables.
De estos condenados, 12 están cumpliendo su pena en la cárcel y 96 (equivalentes al 89%) quedaron en libertad con algún tipo de beneficio, como en el caso de Nelson Fariña. Si se considera sólo a los conductores ebrios, de los 93 declarados culpables, el 86,8% quedó con medidas alternativas.
Para Benjamín Silva, padre de Emilia, el tema trasciende lo legal: "Cuando yo hablé de gratuidad, quise decir que hay un manto de impunidad. No es posible que (el responsable) ya ande libre por la calle, pero hay muchos otros como él. Los que están presos es sólo porque tienen más delitos anteriores, no por el daño que causaron".
PENAS MINIMAS
"No podemos seguir calificando como una conducta simplemente imprudente el terminar con la vida de otra persona o dejarla en muy malas condiciones. Sin embargo, con la ley actual, efectivamente estamos dejando sin castigo a quienes cometen estos delitos", sostiene Francisca Florenzano, directora del Servicio Nacional para la Prevención del Consumo de Drogas y Alcohol (Senda).
La discusión tiene que ver con las sanciones previstas por la Ley de Tránsito 18.290. En ésta, se castiga actualmente el manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, con penas que van desde los tres años y un día, a cinco años de cárcel.
El diputado Gustavo Hasbún afirma que "si el proyecto de ley Emilia logra elevar ese piso mínimo a cinco años y un día, muchos de los actuales infractores que quedan libres cumplirían su castigo en la cárcel. Es un cambio necesario, porque hoy existe una sensación de impunidad tremenda, donde matar una persona sale gratis".
FISCALES Y JUECES
En el Ministerio Público, separan aguas. Marta Herrera, directora de la unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Nacional, plantea que el rol de este organismo es investigar los delitos, llevarlos a juicio y obtener condenas apegadas a la ley: "Que se alcancen porcentajes elevados de sentencias condenatorias es reflejo de investigaciones que permitieron sostener exitosamente la acción penal ante los Tribunales. Y son los jueces a quienes corresponde imponer las sentencias, así como la eventual concesión u otorgamiento de beneficios".
Rodrigo Cerda, presidente de la Asociación Nacional de Magistrados, destaca que "no somos los jueces los llamados a definir la proporcionalidad legal de las penas. Esa definición está a cargo del legislador".
Añade que "tampoco es serio pronunciarse sobre el hecho de que existan tantas condenas que quedan cumpliendo la pena en libertad. Eso hay que revisarlo caso a caso. Nosotros resolvemos los casos específicos y el legislador ve, en términos generales, qué es lo que más conviene a una sociedad".