La Corte Suprema ratificó la multa contra la empresa Aguas Andinas S.A. por los malos olores emanados desde la planta de tratamiento de aguas La Farfana, ubicada en la comuna de Maipú.

De este modo, la empresa deberá cancelar 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $ 37.567.000 (treinta y siete millones quinientos sesenta y siete mil pesos) por las emanaciones en la planta, en diciembre de 2003.

El fallo de los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda y los abogados integrantes Benito Mauriz y Rafael Gómez, determina que el Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente (Sesma) tiene las facultades para aplicar sanciones de este tipo, pese a que existen otros procesos contemplados en la Ley del Medio Ambiente.
 
La empresa argumentaba que las normas del Código Sanitario en este caso se encontraban derogadas por la Ley de Bases del Medio Ambiente.